Ejecución urbanística: Proyecto de reparcelación

La reparcelación es la agrupación de fincas comprendidas en una unidad de ejecución (ámbito de la actuación urbanizadora) para su nueva división ajustada al plan, y adjudicando las parcelas resultantes en funcion de los derechos de las personas interesadas.

El proyecto de reparcelación tiene gran trascendencia, ya que establece las parcelas edificables que les van a corresponder a cada una de las personas propietarias de la unidad de ejecución y las cargas de urbanización de cada una de las parcelas.

Dirigido a

Podrá ser formulado a iniciativa del promotor/a de la urbanización, propietario/a o agente urbanizador/a, o directamente de oficio por la administración actuante, y será aprobado por el Ayuntamiento.

Cuándo solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

  • Acuerdo de la Junta de Concertación de aprobación inicial del proyecto de reparcelación.
  • Certificación de la notificación a titulares registrales y a todas las personas afectadas y de la información pública.
  • Documento de Proyecto de Reparcelación que contendrá el contenido previsto en la Ley 2/2006 de suelo y Urbanismo. Se incluirán, al menos, los siguientes documentos:
    • Informe que justifique la reparcelación.
    • Certificado del Registro de la Propiedad del dominio y cargas
    • Relación de las personas propietarias e interesadas con expresión de la naturaleza y cuantía de su derecho.
    • Propuesta de adjudicación de las fincas resultantes.
    • Tasación de los derechos que se extinguirán con consecuencia de la ejecución del Plan.
    • Cuenta de liquidación provisional.
    • Planos.

Nota: es obligatorio el uso del formulario indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 200 Mb

Cantidad a abonar

Tasas por Servicios Urbanísticos

**Anexo a regir desde el 1 de enero 2019

  • Número de propietarios/as menor o igual a 10: 2.040€
  • Número de propietarios/as superior a 10 e igual o inferior a 50: 3.111€
  • Número de propietarios/as superior a 50: 6.222€
  • Procedimientos abreviados de Reparcelación: 793,87€

Pasos del procedimiento

  1. Registro de la solicitud y documentación
  2. Informe técnico y jurídico (Arquitectura y Técnico/a Jurídica de Urbanismo)
  3. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, con la aprobación inicial
  4. Publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en www.donostia.eus, dando un plazo de 20 días para presentar alegaciones
  5. Si hubiera alegaciones, informes técnicos y jurídicos correspondientes.
  6. Si como consecuencia de alegaciones presentadas y de los informes técnicos, hay que modificar el proyecto porque se afecta sustancialmente a su contenido general o a la mayor parte de los afectados, nuevo trámite de audiencia a todos los interesados en el expediente en el plazo de 20 días.
  7. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local para la aprobación definitiva.
  8. Notificación a las personas propietarias y demás personas interesadas.
  9. Remitir un ejemplar en soporte informático al Servicio de Catastro de Urbana de la Hacienda Foral de Gipuzkoa
  10. Publicación aprobación definitiva en el BOG y en www.donostia.eus
  11. Una vez firme el acuerdo de aprobación definitiva, Inscripción en el Registro de la Propiedad, mediante certificación administrativa, por parte de la Junta de Concertación.
  12. Liquidación de tasas.

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección Urbanismo Sostenible

Normativa

Responsable del tratamiento

Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A

Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián

Teléfono: 010 / 943 481 000

Email: udalinfo@donostia.eus

Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria

Finalidad del tratamiento

Gestión y control de los procedimientos y actividades realizados por el Ayuntamiento en materia de urbanismo, incluyendo planeamiento, gestión, restauración de la legalidad urbanística, expropiaciones urbanísticas y demás cuestiones de competencia municipal. Se excluyen las licencias o autorizaciones que pudieran ser objeto de estas actividades, por corresponder a la actividad de tratamiento de LICENCIAS Y AUTORIZACIONES MUNICIPALES, y en su caso los procedimientos sancionadores iniciados, por corresponder a la actividad de tratamiento de PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES.

Plazos de conservación

Eliminación total a los 5 años en el archivo de oficina

Legitimación

Art. 6.1.e) RGPD, misión realizada en interés público o ejercicio de poderes públicos: - Artículo 17.1.9 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi. -Artíclo 25.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local. -Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. - Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. -Ordenanza Reguladora de la ubicación de establecimientos públicos y actividades recreativas. -Ordenanzas Complementarias de Edificación. -Ordenanza Municipal Reguladora de la actuación municipal para la protección del vecindario frente a las actividades que produzcan incomodidades, alteren las normales condiciones de Salubridad e Higiene o impliquen Riesgos para las personas o cosas. -Ordenanza Reguladora de las Instalaciones Radioeléctricas pertenecientes a las redes de telecomunicaciones. -Ordenanza Reguladora de la actuación municipal frente a la contaminación acústica por ruidos y vibraciones. - Ordenanza Municipal para la promoción de la accesibilidad a las viviendas situadas en las edificaciones residenciales. - Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo - Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa - Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa

Destinatarios

Las establecidas legalmente y que sean de aplicación en el ámbito de este tratamiento.

Derechos

Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:

  • El acceso a sus datos personales.
  • La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
  • La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
  • La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.

Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.

Estado del trámite
En plazo
Telemático

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Documentos

Solicitud