Vehículos afectados

Consulta los permisos para vehículos sin libre acceso a la ZBE 

Vehículos sin libre acceso

Los vehículos sin libre acceso tienen que solicitar autorización para poder entrar en la ZBE en los siguientes casos:
  • Vehículos para traslado de personas con Tarjeta Europea de Movilidad Reducida
    • Máximo 2 vehículos por persona
  • Vehículos para la prestación de servicios públicos y/o servicios de interés general (transporte, energía, comunicaciones, servicios postales, policía, sanidad...)
  • Vehículos de personas empadronadas en la ZBE en régimen de usufructo, renting, leasing, arrendamiento, retribución en especie o  vehículo de sustitución
    • Solicitud de autorización anual
  • Vehículos de personas titulares en propiedad o concesión de plazas de garajes en la ZBE
    • Solicitud de autorización por cada fase
  • Vehículos con autorización de uso de ocupación vía pública
    • Autorización directa por el tiempo autorizado para la ocupación de la vía pública
  • Vehículos con autorización de otra Administración Pública competente para acceder a la ZBE
    • Autorización directa por el tiempo autorizado para el acceso
  • Vehículos para la asistencia a personas con movilidad reducida y/o dependencia permanente empadronadas en la ZBE:
    • mayores de 80 años
    • con justificación, como mínimo, de Baremo 3 en el BLA
      • máximo, dos vehículos por cada persona a asistir
      • solicitud de autorización por cada fase
  • Vehículos de personas perceptoras de la RGI y el IMV
    • Solicitud de autorización por cada fase
  • Vehículos para servicios habituales o recurrentes demandados por las personas o empresas dentro de la ZBE (reparto o recogida de mercancías, mantenimiento, reparación, seguridad privada)
    • Solicitud de autorización por cada fase
  • Vehículos mixtos o industriales de actividades económicas en la ZBE
    • Solicitud de autorización por cada fase
  • Vehículos de personas no residentes en la ZBE pero con autorización sujeta a régimen excepcional OTA para la temporada estival
    • Solicitud de autorización por cada temporada
  • Vehículos de autoescuelas dentro de la ZBE para prácticas de conducción
    • Solicitud de autorización por cada fase
  • Vehículos para la asistencia a las personas con movilidad reducida y/o dependencia temporal:
    • empadronadas en la ZBE
    • que realicen una actividad recurrente (trabajo / estudios) en la ZBE 
      • máximo 2 vehículos por persona
      • las autorizaciones tendrán una validez de un mes
  • Vehículos para servicios puntuales demandados por las personas o empresas dentro de la ZBE (reparto o recogida de mercancías, mantenimiento, reparación)
    • Solicitud de autorización por cada acceso
  • Vehículos que acudan a talleres de reparación de vehículos ubicados en la ZBE
    • La solicitud deberá realizarla cada taller
  • Vehículos de personas jurídicas relacionadas con actividades del mar para traslado de material voluminoso
    • Solicitud de autorización por cada acceso

Se aceptarán las solicitudes presentadas hasta 48 horas posteriores al acceso, vinculadas a motivos de urgencia y debidamente razonadas por motivo de salud, reparaciones inaplazables y similares.

Vehículos con libre acceso

En los siguientes casos no es necesario solicitar la autorización para acceder a la ZBE:

No necesitan solicitar autorización:

  • Bicicletas, ciclos y vehículos de movilidad personal (patinetes)
  • Vehículos a motor o ciclomotores con distintivo ambiental CERO / ECO / C / B (la etiqueta B quedará restringida en la segunda fase
  • Vehículos declarados históricos por la DGT
  • Vehículos de personas empadronadas en la ZBE y cuya dirección censada en la DGT corresponda al ámbito de la ZBE.
    • En la segunda fase no se autorizarán vehículos sin etiqueta, salvo para residentes de más de 70 años
  • Vehículos de personas no empadronadas en la ZBE pero con autorización sujeta a a los siguientes regímenes excepcionales OTA:
    • Vehículos conducidos por personas de movilidad reducida (MM)
    • Vehículos vinculados a actividades económicas
  • Taxis y Vehículos de Transporte con Conductor (VTC)
    • En la segunda fase no se autorizarán vehículos sin etiqueta