Ejecución urbanística: Programa de actuación urbanizadora
- La identificación de las actuaciones integradas a que se refieran, pudiendo realizar o modificar, en su caso, la delimitación de la unidad o unidades de ejecución que constituyen su objeto.
- El régimen de la ejecución pública o privada y su sistema de actuación.
- Las determinaciones jurídicas, técnicas y económicas de ejecución de las actuaciones integradas y, en todo caso, la regulación de sus contenidos mínimos.
- La totalidad de las obras a realizar y de las cargas de urbanización y la estimación aproximada de su coste.
- El programa temporal de ejecución de las obras de urbanización y en su caso de edificación.
Los programas de actuación deberán definir las obras de urbanización que deban realizarse, especificando su coste aproximado
Dirigido a
- Los ayuntamientos o cualquiera de los organismos o entidades de ellos dependientes o de los que formen parte, para la ejecución del planeamiento municipal. Cuando la entidad promotora no cuente con la potestad expropiatoria, se tendrá como administración actuante al ayuntamiento.
- La Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco para materializar la urbanización o la edificación en los terrenos a que se refiere el artículo 16, y las diputaciones forales en los terrenos a que se refiere el artículo 16.2 . Así mismo, esta habilitación será extensible a cualquiera de los organismos o entidades públicos dependientes o adscritos a ellas, con idéntico fin.
- Las administraciones públicas en general, para el ejercicio de sus competencias sectoriales mediante la realización de actuaciones integradas.
- Las sociedades y entidades privadas participadas por administraciones públicas, para el ejercicio de su objeto social mediante la realización de actuaciones integradas.
- Los y las particulares, sean o no propietarias de los terrenos. Cualquier persona que pretenda elaborar una propuesta de programa de actuación urbanizadora podrá ser autorizada por el ayuntamiento para ocupar temporalmente terrenos a fin de obtener la información precisa, en los términos dispuestos por la legislación expropiatoria. Asimismo, tendrá acceso a la información y documentación que obre en los registros y archivos de las administraciones públicas conforme a la legislación general reguladora de su régimen jurídico y funcionamiento.
Cuándo solicitar
Durante todo el año
Documentación necesaria
Además:
- Memoria justificativa con expresión de la programación de la ejecución.
- Anteproyecto de urbanización.
- Planos de información y de delimitación de las unidades de ejecución que comprendan la actuación.
- Plano parcelario y relación de titulares de los bienes y derechos objeto de la actuación.
- Estudio de viabilidad económico-financiera, con valoración de la totalidad de los bienes y derechos objeto de la actuación.
- La solicitud de tramitación se formalizará en el registro municipal acompañando como mínimo, en el caso de solicitudes realizadas por personas o entidades ajenas a la Administración, garantía por importe del 1% del coste estimado por el programa para la urbanización del ámbito de la correspondiente actuación integrada. Dicha garantía deberá prestarse en cualquiera de las formas admitidas por la legislación en materia de contratación administrativa.
Nota: es obligatorio el uso del formulario indicado en este trámite.
Tamaño máximo anexos: 300 Mb
Cantidad a abonar
Pasos del procedimiento
- Registro de la solicitud y documentación (documento tecnico-jurídico y depósito de la fianza)
- Subsanación de documentación, en su caso
- Informes de urbanismo: Arquitecto/a, ingeniero/a, jurídico/a, económico.
- Aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local.
- Publicación anuncio en el BOG y en www.donostia .eus, en el que se contendrán los elementos esenciales de los contenidos del programa, dando un plazo de 20 días hábiles para presentar alegaciones. Así mismo, el acuerdo se notificará a los titulares de bienes y derechos afectados por la actuación. El expediente completo podrá ser consultado en las oficinas municipales durante el mencionado plazo de información pública.
- Si hubiera alegaciones, informe del equipo redactor del documento.
- Informes de Urbanismo sobre las alegaciones y la propuesta de aprobación definitiva.
- Aprobación definitiva por la Junta de Gobierno Local.
- Publicación en el BOG del acuerdo o el acto presunto de aprobación definitiva del programa de actuación urbanizadora con acompañamiento de un extracto de sus contenidos, entre los que se incluirá, como mínimo, la identificación del ámbito, su clasificación y calificación, la edificabilidad urbanística atribuida al ámbito, el sistema de actuación, el presupuesto y la programación de la ejecución de las obras de urbanización y, en su caso, de edificación.
- Notificación del acuerdo a la persona solicitante y a las personas o entidades propietarias afectadas.
Responsable de la tramitación
Normativa
Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo
Decreto 123/2012, de 3 de julio, de estándares urbanísticos
Protección de datos
Responsable del tratamiento
Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A
Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián
Teléfono: 010 / 943 481 000
Email: udalinfo@donostia.eus
Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria
Finalidad del tratamiento
Plazos de conservación
Legitimación
Destinatarios
Derechos
Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:
- El acceso a sus datos personales.
- La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
- La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
- La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
- La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.
Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.