Ayudas para la rehabilitación de viviendas y edificios. Expediente anterior
El Ayuntamiento de Donostia, concede subvenciones a fondo perdido para la rehabitación de edificios residenciales y viviendas de la ciudad.
Las ayudas se conceden en todos los barrios de la ciudad pero en el caso de Parte Vieja, Amara-Zaharra, Sagüés y Altza, además se tramitan desde Etxegintza las ayudas para la rehabilitación de Gobierno Vasco.
Las obras objeto de subvención serán las siguientes:
- Relativas a elementos comunes (obras de comunidad)
- Obras requeridas por la ITE (Inspección Técnica de Edificios) en grado 1, 2 o 3
- Relativas a elementos privativos (obras particulares)
- Adecuación de la vivienda para personas con movilidad reducida o mayores de 65 años.
- Obras que permitan la adecuación de viviendas vacías para su posterior alquiler mediante el programa Alokabide.
Dirigido a
Obras de Comunidad:
- Comunidades de propietarios/as legalmente constituidas. Solicitará las ayudas el o la representante de la Comunidad según la Ley sobre Propiedad Horizontal
- Edificios con un único propietario/a: sólo podrán solicitar personas físicas y al menos el 80% de las viviendas, tienen que estar ocupadas en el momento de la solicitud
Obras particulares:
- Ser propietarios/a, usufructuario/a o arrendatario/a o tener cualquier otro título de disfrute sobre la vivienda objeto de las obras
- Ser persona física
- Que la vivienda constituya su residencia y domicilio habitual (se comprobará con el Padrón Municipal de Habitantes)
- Ingresos anuales ponderados de 35.000€ como máximo
Obras para fomento de alquiler mediante el programa Alokabide:
- Ser persona física (propietario/a o usufructuario/a)
- Compromiso de destinar la vivienda a alquiler en el programa de Alokabide durante un plazo mínimo de 5 años.
- No se podrá optar a esta ayuda si se tiene un patrimonio superior a 2 viviendas y/o ingresos superiores a 50.000 euros brutos anuales.
Requisitos generales
- Situación en el término municipal de San Sebastián
- Edificio residencial (excluídas las villas unifamiliares y bifamiliares). Las viviendas adosadas deben ser comunidad de propietarios/as de 3 viviendas o más, y la superficie individual construida, no superior a 150 metros cuadrados
- Construcción de más de 10 años de antigüedad.
- Excepciones Quedan exceptuados del requisito de antigüedad de 10 años del
edificio y para obras de accesibilidad, aquellos inmuebles residenciales en los
que habiten personas de movilidad reducida a quienes les haya sobrevenido esta
situación con posterioridad a la ocupación de la vivienda o habiten personas
mayores de 65 años.
- Al menos 2/3 del edificio debe estar destinado a uso residencial y tener un mínimo de 3 viviendas.
- La solicitud se debe realizar una vez se haya obtenido la correspondiente licencia municipal de obra o en su caso el documento municipal que acredite que las obras que se van a realizar no necesitan licencia y no podrán ser iniciadas hasta que se resuelva la concesión provisional de ayudas.
Cuándo solicitar
12/03/2020 - 14/03/2020
El trámite se encuentra fuera de plazo.
Documentación necesaria
El orden para conceder las subvenciones será el de entrada de las solicitudes en el registro, siempre que la documentación sea la correcta y esté completa.
En caso de que se solicite subsanar documentación, se notificará, y el orden de concesión pasará a ser el que le corresponda en la fecha en la que se dé entrada en el registro a la documentación requerida.
Tamaño máximo anexos: 50 Mb
Cantidad a abonar
Gratuito
Plazo de resolución y sentido del silencio
Plazo estimado: Variable
Sentido del silencio: Negativo
Los y las beneficiarias tienen un plazo de 18 meses desde la Resolución provisional para presentar la documentación de finalización de la obra.Pasos del procedimiento
- Registro de la solicitud y documentación
- Revisión de la documentación.
- Subsanación de documentación. Plazo máximo 10 días hábiles
- Evaluación y propuesta de resolución provisional. Plazo no superior a 30 días hábiles desde la comprobación.
- Notificación de la resolución provisional
- Presentación de la documentación de justificación de obra realizada por parte de los y las beneficiarias en un plazo máximo de 18 meses.
- Revisión de la documentación y subsanación de errores. Plazo 10 días hábiles
- Resolución definitiva. Plazo 60 días.
- Notificación de la resolución de concesión comunicando el ingreso de la subvención o en su caso, la denegación.
- Abono de la subvención
Normativa
Otra información
Protección de datos
Responsable del tratamiento
Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A
Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián
Teléfono: 010 / 943 481 000
Email: udalinfo@donostia.eus
Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria
Finalidad del tratamiento
Plazos de conservación
Legitimación
Destinatarios
Derechos
Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:
- El acceso a sus datos personales.
- La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
- La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
- La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
- La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.
Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.
Etxegintza: San Martzial, 2