Ayudas económicas: Apoyo al Plan de Trabajo Compartido
- Facilitar el acceso a bienes de primera necesidad a familias y/o personas que no puedan acceder a las pensiones o ayudas de garantía de ingresos
- Atender a situaciones de urgencia económica
Pueden otorgarse a fondo perdido o como adelanto para alguna de las siguientes finalidades:
- Gastos para la cobertura de necesidades básicas
- Gastos relacionados con el disfrute de vivienda
- Gastos para la cobertura de necesidades de atención sanitaria.
- Gastos para la cobertura de necesidades de transporte.
- Gastos de contratación de servicios para la atención a personas dependientes.
- Gastos para el fomento de la inserción social y/o laboral de personas adultas.
- Gastos necesarios para obtener asistencia jurídica
El acceso a este programa se realizará únicamente tras la valoración y prescripción técnica de los y las profesionales de Servicios Sociales
Dirigido a
- En algunos casos se exigirá además un tiempo mínimo de empadronamiento.
- Formar parte de una unidad de convivencia. Tendrán la consideración de unidad de convivencia (UC), las personas que se encuentren en los supuestos recogidos por la normativa vigente en materia de Renta de Garantía de Ingresos (Ley 18/2008 de 23 de diciembre para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión social).
- No obstante lo anterior, podrán contemplarse excepciones cuando quede probada la existencia de unidades de convivencia diferenciadas que conviven en una misma vivienda o alojamiento.
- Haber suscrito, la persona beneficiaria u otro miembro de su unidad de convivencia con el Ayuntamiento de San Sebastian un Plan de Trabajo/Intervención con el Ayuntamiento.
- La falta de medios económicos suficientes se ha de acreditar convenientemente
Cuándo solicitar
Durante todo el año
Documentación necesaria
- Solicitud.
- Fotocopia de un documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante y del resto de los miembros de la unidad familiar
- Documentos acreditativos de los ingresos y patrimonio de la persona solicitante y de la unidad familiar. Documentación acreditativa de titularidad de bienes radicados fuera del Territorio Histórico de Gipuzkoa, si procede. No será necesario aportar esta documentación si la persona posible beneficiaria en el momento de la solicitud percibe Ayudas de Emergencia Social (AES) o Ayudas para la Inclusión Social (AGI de la DFG).
- En los casos en que la ayuda tenga por objeto la financiación de bien o servicio disponible en el mercado se aportará el informe de la o el especialista correspondiente y al menos un presupuesto. El Ayuntamiento podrá comprobar la adecuación de éste a los precios de mercado.
- En su caso, otros documentos que la Administración considere oportuno solicitar a fin de acreditar el cumplimiento de los requisitos.
Tamaño máximo anexos: 10 Mb
Plazo de resolución y sentido del silencio
Plazo estimado: 21 días
Plazo legal: 2 meses
Sentido del silencio: Negativo
Pasos del procedimiento
- Petición de cita previa en Servicios Sociales
- Entrevista con personal técnico responsable de la intervención (RC) para realizar el análisis de la necesidad
- Comprobación de cumplimiento de requisitos
- Registro de la solicitud y documentación
- Firma del Plan de Trabajo con la persona solicitante y con otras personas de la unidad familiar, en su caso
- Elaboración de la propuesta de ayuda por parte de RC
- Remisión de la propuesta a la Comisión Técnica para las Ayudas de Apoyo al Plan de Trabajo Compartido
- Elaboración por parte de la Comisión, de la Resolución de concesión o denegación de la ayuda
- Notificación de la resolución a la persona/s interesadas
- Pago puntual o periódico de la ayuda
- Justificación del gasto y/o devolución de la cuantía adelantada, en su caso, por parte de la persona solicitante
Responsable de la tramitación
Normativa
Ley 12/2008 de 5 de diciembre de servicios sociales
Ley 18/2008 de 23 de diciembre para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social
Decreto 147/2010 de la Renta de Garantía de Ingresos
Decreto 4/2011, de 18 de enero, de las Ayudas de Emergencia Social
- Bases municipales específicas anuales para la concesión de Ayudas de Apoyo al Plan de Trabajo Compartido
Protección de datos
Responsable del tratamiento
Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A
Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián
Teléfono: 010 / 943 481 000
Email: udalinfo@donostia.eus
Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria
Finalidad del tratamiento
Plazos de conservación
Legitimación
Destinatarios
Derechos
Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:
- El acceso a sus datos personales.
- La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
- La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
- La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
- La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.
Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.
- Ver lista de los Centros de Servicios Sociales Horario de 9-14h.
- Urgencias Sociales Horario de lunes a viernes de 8-22h. y los fines de semana de 9-21h.