Bodas: Matrimonio civil en el Ayuntamiento de San Sebastián

Hay dos tipos de celebración de boda:

Ordinario:
  • Finaliza con un acto público de celebración.
  • La boda se celebra en el Salón de Plenos de Ayuntamiento.

Rápido:
  • No se celebra acto público, sino únicamente un acto en presencia de las personas contrayentes y las y los testigos. Pueden ser máximo 15 personas.
  • La boda se celebra en una sala que se asigna para ello.

QUÉ HAY QUE HACER:
  1. Reservar fecha y hora: en la oficina Udalinfo o por teléfono.
    • Para facilitar la toma de datos, hay que tener a mano:
      • el DNI, pasaporte o permiso de residencia de la persona solicitante
      • el DNI, pasaporte o permiso de residencia de la pareja contrayente
  2. Presentar la solicitud y la documentación de la boda en el Registro del Ayuntamiento: en la oficina de Udalinfo o por Registro telemático
      • Hay que presentarla 6 meses antes de la celebración de la boda.
  3. Ir al Registro Civil del municipio de una de las personas contrayentes, donde esté empadronada:
  • El Registro Civil antes de la celebración, enviará la autorización para la celebración del matrimonio.

Ver más información en el apartado "Documentos"

Información: cómo enviar documentación complementaria
una vez realizada la solicitud, si necesita añadir documentación, hágalo a través de este trámite: Registro General: aportar documentación a un expediente.


Dirigido a

Ser mayor de 18 años o menor emancipado/a

Cuándo solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

Para reservar fecha y hora:
Para facilitar la toma de datos, hay que tener a mano:
    • el DNI, pasaporte o permiso de residencia de la persona solicitante
    • el DNI, pasaporte o permiso de residencia de la pareja contrayente

Para presentar la solicitud de boda:
  • Impreso de solicitud.
  • DNI de la persona solicitante y de la pareja contrayente o, en su caso, pasaporte o permiso de residencia.
  • DNI, pasaporte o permiso de residencia de dos testigos
  • Para aplicar, reducir o estar exento del precio público, deberá presentar acreditación de estar en desempleo en el momento de presentar la solicitud en firme:
documento DARDE, en vigor, expedido por Lanbide.

Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Precios públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades Municipales.

**Anexo a regir desde el 1 de enero de 2026

Si se reserva el Salón de Plenos para la celebración de la boda ordinaria con acto público: 100€

  • Si al realizar la solicitud de boda una de las personas contrayentes está en desempleo: 60€
  • Si al realizar la solicitud las 2 personas contrayentes están en desempleo: 0€
  • boda rápida: si la boda es sin acto público, en otra sala diferente del Salón de Plenos: 0€
  • Debe facilitarse una cuenta bancaria para el cobro del precio anterior. El cobro se efectuará cuando se ha realizado la solicitud de matrimonio.

Plazo de resolución y sentido del silencio

Plazo estimado: En el momento

Sentido del silencio: No procede

La confirmación de la fecha de la boda
se realiza en el momento.

La solicitud de boda
Hay que presentar la solicitud de boda 6 meses antes de la fecha de la celebración.
Si el plazo entre la fecha en la que se reserva la hora y la celebración de la boda es menor de 6 meses: tendrá de plazo 1 semana para presentar la solicitud.

Pasos del procedimiento

  1. RESERVAR FECHA Y HORA
  2. El Ayuntamiento confirmará la reserva realizada con la entrega o envío de la confirmación de fecha y hora de la boda a la persona solicitante. Junto con la confirmación de la reserva, se le enviará la solicitud de celebración de matrimonio y de una hoja informativa.
    • Si la persona solicitante quiere anular la reserva: deberá realizar la anulación presencialmente en alguna oficina de Udalinfo o telemáticamente.
    • Si la persona solicitante quiere modificar la reserva: hay que anular la reserva anterior.
  3. PRESENTAR LA SOLICITUD DE BODA Y LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA
    • en las oficinas de Udalinfo
    • a través del registro telemático
  4. IR AL REGISTRO CIVIL del municipio de una de las personas contrayentes, donde esté empadronada
    • No podrá celebrarse el matrimonio si las personas contrayentes no tramitan antes el expediente correspondiente en el Registro Civil (Juzgado).
  5. REALIZAR EL PAGO
    • Después de realizar la solicitud de matrimonio civil, se cobrará el precio correspondiente.

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección Presidencia

Normativa

Resolución de Alcaldía por la que se regulan las ceremonias de celebración de los matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Donostia:

Resolución de Alcaldia.pdfResolución de Alcaldia.pdf Instruccion.pdfInstruccion.pdf

Otra información

Registro Civil:
  • El expediente previo a la celebración del matrimonio se tramitará en el Registro Civil.
  • Para ello deberá acudir, lo antes posible, al Registro Civil del municipio en el que esté empadronada una de las personas contrayentes, a fin de iniciar la tramitación correspondiente.
  • Si se trata de una persona empadronada en Donostia / San Sebastián deberá acudir al Palacio de Justicia de Atotxa: Plaza Teresa de Calcuta, 1, Planta Baja. Teléfono: 943 000 730.
  • Para ver la documentación que se necesita presentar en el Registro Civil haga clic aquí .
  • El Registro civil enviará al Ayuntamiento la autorización para la celebración del matrimonio.

Responsable del tratamiento

Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A

Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián

Teléfono: 010 / 943 481 000

Email: udalinfo@donostia.eus

Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria

Finalidad del tratamiento

Gestión de la información personal relativa a la solicitud de reservas para la celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento y gestión de su celebración.

Plazos de conservación

Conservación parcial. permanente para las actas. Para resto de documentación 5 años. Código Civil.

Legitimación

Art. 6.1.c) RGPD cumplimiento de obligación legal: - Codigo Civil artículo 51

Destinatarios

Las establecidas legalmente y que sean de aplicación en el ámbito de este tratamiento.

Derechos

Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:

  • El acceso a sus datos personales.
  • La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
  • La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
  • La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.

Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.

Estado del trámite
En plazo
Telemático

Iniciar trámite


Presencial

Telefónico
Teléfonos de Udal!nfo



Para reservar fecha y hora de la boda

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