Autorización de quema controlada

Obtener autorización para realizar actividades de quema controlada en terrenos del municipio de Donostia con el objetivo de evitar la propagación del fuego en la propia finca o en las fincas colindantes. Sólo se podrán quemar restos de poda, maleza y hierba.
Una vez tenga la autorización, cada vez que quiera realizar una quema, deberá ponerse en contacto con el Servicio de prevención, extinción de incendios y Salvamento (SPEIS), a través del teléfono 943 455 580.

Dirigido a

Personas propietarias o llevadoras de una finca o monte o vecinos/as con derecho al uso de un monte público

Cuándo solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

Nota: es obligatorio el uso del formulario específico indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Gratuito

Plazo de resolución y sentido del silencio

Plazo estimado: En el momento

Plazo legal: 3 meses

Sentido del silencio: Negativo

Pasos del procedimiento

  • Rellenar el formulario: el formulario contiene una declaración responsable de quema.
  • El SPEIS recibe la solicitud y prepara el permiso de quema. En este permiso le asignarán un código con el que se identificará.
  • Envío del permiso por correo certificado.
  • Una vez tenga el permiso, antes de realizar una quema, deberá avisar llamando al teléfono 943 455 580 (SPEIS).

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos

Normativa

Otra información

  1. *Las quemas se autorizarán de lunes a sábado, siempre que no sean festivos, en horario de de 8 a 14h.
  2. *Las llamadas realizadas al servicio para obtener autorización serán grabadas
  3. *Quedan exceptuadas de autorización las quemas destinadas a barbacoas o similares, siempre que se realicen en instalaciones o lugares habilitados para ello
  4. *Las personas titulares de la autorización de la quema, deberán portar en todo momento su código personal, que deberá proporcionarse a su requerimiento por los/as agentes de la autoridad
  5. *El no cumplimiento de los requisitos establecidos, dará lugar a la sanción correspondiente, tal y como establece la Ordenanza municipal
  6. *Para la autorización de hogueras de San Juan en espacios públicos hay que realizar el trámite "Autorización de uso del espacio público para actividades"

Las quemas pueden tener diferentes finalidades:
  • Quemas de rastrojos agrícolas o podas agrupados en montones o cordones en fincas agrícolas que se realicen a menos de 100 metros del monte
  • Quemas de rastrojos agrícolas o podas agrupados en montones o cordones en montes
  • "Quemas controladas" o "quemas prescritas" como tratamiento previo a la realización de mejoras en el monte, protección de masas forestales, práctica de mejora de pastos naturales, eliminación de matorral o combustibles forestales, apertura y mantenimiento de líneas de defensa, reducción de riesgo de incendio forestal, protección de construcciones, núcleos rurales o defensa de la población
  • "Otras quemas" que pueden tener finalidades diferentes a la eliminación de rastrojos agrícolas (finalidad educativa, cultural...)
Conse jos básicos para evitar incendios forestales

Responsable del tratamiento

Identidad: Ayuntamiento de San Sebastián - NIF P2007400A

Dirección: Ijentea, 1 - 20003 San Sebastián

Teléfono: 010 / 943 481 000

Email: udalinfo@donostia.eus

Delegado/a de Protección de Datos: Donostiako Udaleko Datu Babeserako Ordezkaria

Finalidad del tratamiento

Gestión y control de toda clase de licencias, autorizaciones, declaraciones responsables y permisos concedidos por el Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias.

Plazos de conservación

Conservación permanente, salvo: Obras express: Eliminación total a los 10 años desde la finalización de la tramitación administrativa.

Legitimación

Ejercicio de la potestad pública: art. 6.1.e): -Artículo 17.1.9 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi. -Artículo 25.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local. - Ley 2/2006, de 30 de junio, de suelo y urbanismo. -Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. - Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. - Real Decreto 314/2006, por el que se aprueba el código técnico de la edificación. - Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente -

Destinatarios

Las establecidas legalmente y que sean de aplicación en el ámbito de este tratamiento.

Derechos

Las personas afectadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si el Ayuntamiento de San Sebastián está tratando sus datos personales. Además, tendrán derecho a solicitar:

  • El acceso a sus datos personales.
  • La rectificación de los datos inexactos o incompletos.
  • La supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las cuales fueron recabados.
  • La limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso, sólo serán conservados por el Ayuntamiento para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • La oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso, el Ayuntamiento dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Los derechos podrán ejercitarse vía on line o presencial ante el Ayuntamiento, como Responsable del tratamiento, o en su caso, ante el Encargado del tratamiento.

Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendida o atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Vasca de Protección de Datos. Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, 71 – 3ª planta - 01008 Vitoria-Gasteiz. No obstante, podrá ponerse en contacto con el delegado/a de protección de datos del Ayuntamiento, para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos.

Estado del trámite
En plazo
Trámites relacionados destacados