Descripción del trámite
Conceder ayudas económicas y ceder productos de apoyo para favorecer la permanencia en el domicilio de las personas con discapacidad o en situación de dependencia, así como para garantizar su autonomía personal para la realización de las actividades de la vida diaria y su integración social. Es requisito previo para acceder a estas ayudas: haber sido valorada como persona en situación de dependencia o como persona con discapacidad. Este es un trámite previo que se inicia en los Servicios Sociales municipales. El departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa es el responsable de la tramitación y resolución del expediente. No obstante, la solicitud debe realizarse a través de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián.
Quién lo puede solicitar
Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "
autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.
Ver requisitos
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Cuándo lo pueden solicitar
Documentación necesaria
Ver la solicitud y la documentación
aquí
Tamaño máximo anexos: 10 Mb
Cantidad a abonar
Gratuito en el caso de productos de apoyo recuperables.
Los gastos de productos de apoyo no recuperables y las obras para adaptación del medio físico, son compartidos por la Diputación Foral y las personas usuarias. Estas últimas abonan una cantidad en función de su capacidad económica
Plazo de resolución y sentido del silencio
- Plazo legal: 6 meses
- Sentido del silencio: Negativo
Pasos del procedimiento
- Petición de cita previa en Servicios Sociales
- Entrevista con el/la Trabajadora Social para realizar el análisis de la necesidad
- Comprobación de cumplimiento de requisitos
- Registro de la solicitud y documentación
- Remisión de la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
- Resolución y notificación a la persona usuaria por parte de la Diputación Foral de Gipuzkoa
Responsable de la tramitación
Departamento: Dirección de Acción Social
Normativa
Observaciones: Ver Art. 33 Epígrafe 2.7.2.2 del Decreto 185/2015
Trámites relacionados
Otra información de interés
Ayuda técnica (producto de apoyo): todo producto, instrumento, equipamiento o sistema técnico, fabricado especialmente o existente en el mercado, destinado a prevenir, compensar, aliviar o eliminar limitaciones en la autonomía.Las ayudas técnicas (productos de apoyo) serán:
- recuperables, cuando pueden ser utilizadas sucesivamente por varias personas beneficiarias y ser trasladadas de lugar sin costes mayores que los del transporte. El acceso a las mismas se producirá a través de servicios de suministro en préstamo o cesión temporal.
- no recuperables, cuando, por sus características, sean intransferibles y beneficien, por tanto, a una única persona demandante o, excepcionalmente, a varias de forma simultánea. El acceso a las mismas podrá garantizarse a través de la concesión de ayudas económicas para su adquisición.
Adaptación del medio físico: el diseño y la ejecución de obras que permitan la eliminación de barreras arquitectónicas y la realización de adaptaciones en el lugar habitual de residencia. La realización de adaptaciones en el medio físico, en caso de que no pueda prestarse el servicio, se garantizará a través de ayudas económicas.
Acceda a la web de la Diputación Foral de Gipuzkoa para más información
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