Descripción del trámite
Solicitud de plaza en alojamiento o residencia para personas con enfermedad mental crónica.
Las estancias en residencia pueden ser:
- Permanentes
- Temporales (para descanso de los familiares que atienden habitualmente en su domicilio a estas personas)
Requisito previo para acceder a estas ayudas haber sido valorada como persona en situación de dependencia. Este es un trámite previo que se inicia en los Servicios Sociales municipales
El departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa es el responsable de la tramitación y resolución del expediente.
No obstante, la solicitud debe realizarse a través de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián.
Quién lo puede solicitar
- Personas con enfermedad mental que precisan apoyo para las actividades de vida diaría y que cumplan los siguientes requisitos, ver aquí
Cuándo lo pueden solicitar
Documentación necesaria
Documento oficial acreditativo de la identidad de la persona solicitante y, en su caso, de las demás personas miembros de la unidad familiar que se computen para acceder al recurso solicitado.
- En su caso, la documentación acreditativa de la representación legal, voluntaria o guarda de hecho.
- La autorización judicial previa o justificante que acredite haberla solicitado, en su caso, la presunta incapacidad.
- En el caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial, fotocopia de la correspondiente resolución y en el caso deruptura de la unión de hecho, certificado del registro correspondienteacreditativo de la cancelación de la inscripción de dicha unión.
- La documentación acreditativa de titularidad de bienes radicados fuera del Territorio Histórico de Gipuzkoa, si procede.
- En su caso, otros documentos que la Administración considere oportuno solicitar a fin de acreditar el cumplimiento de los requisitos.
Nota:
es obligatorio el uso del impreso específico indicado en este trámite.
Tamaño máximo anexos: 10 Mb
Cantidad a abonar
El coste del servicio es compartido por la Diputación Foral y las personas usuarias (Copago). Estas últimas abonan una cantidad en función de su capacidad económica.
Plazo de resolución y sentido del silencio
- Plazo estimado: 3 meses
- Plazo legal: 3 meses
- Sentido del silencio: Negativo
Para la admisión en lista de espera: 3 meses, a contar desde la fecha de la solicitud debidamente cumplimentada en los Servicios Sociales de Base.
Para el ingreso: no hay plazo.
Pasos del procedimiento
- Petición de cita previa en Servicios Sociales
- Entrevista con el/la Trabajadora Social para realizar el análisis de la necesidad
- Comprobación de cumplimiento de requisitos
- Registro de la solicitud y documentación
- Remisión de la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
- Resolución y notificación a la persona usuaria por parte de la Diputación Foral de Gipuzkoa
- Integración de la solicitud en la lista de espera de acceso al recurso, en su caso
Responsable de la tramitación
Departamento: Dirección de Acción Social
Normativa
- Decreto Foral 7/2015, De 24 De Marzo, Por El Que Se Regula El Régimen De Acceso A Los Servicios Residenciales Y De Centro De Día Para Personas En Situación De Dependencia En El Territorio Histórico De Gipuzkoa
- Decreto Foral 12/2016, De 24 De Mayo, De Modificación Del Decreto Foral 15/2015, De 2 De Junio, Por El Que Se Regula El Régimen De La Aportación Económica De Las Personas Usuarias De Los Centros De Atención A La Dependencia En El Territorio Histórico De Gipuzkoa
- Decreto Foral 87/2015, De 15 De Diciembre, Por El Que Se Aprueban Las Aportaciones Máximas De Los Servicios Previstos En El Decreto Foral 15/2015, De 2 De Junio, Por El Que Se Regula El Régimen De La Aportación Económica De Las Personas Usuarias De Los Centros De Atención A La Dependencia En El Territorio Histórico De Gipuzkoa
- Plan Accesibilidad Donostia
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