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Perros potencialmente peligrosos

Perros Potencialmente Peligrosos

Todos los perros potencialmente peligrosos deberán ser esterilizados por servicio veterinario habilitado antes de los 12 meses de edad: La esterilización quedará registrada en la ficha del perro.

Se consideran perros potencialmente peligrosos (PPP) aquellos que cumplan alguna de estas tres características:

  • Pertenecer a alguna de las razas, tipología de razas o cruces interraciales señaladas más abajo.
  • Tener unas características morfológicas capaces de causar lesiones graves.
  • Manifestar un marcado carácter agresivo o haber protagonizado agresiones a personas u otros animales.

La adquisición de un animal considerado potencialmente peligroso supone un mayor control sobre el animal y sobre el dueño que en el caso de los animales no catalogados como tal.

Estos animales nunca van a poder pasear sueltos y sin bozal, ni siquiera en las zonas de esparcimiento.

Recomendamos que se se reflexione profundamente sobre esta futura adquisición y se baraje la posibilidad de adquirir un animal que no esté en la lista de los PPP.

Razas de Perros Potencialmente Peligrosas

La ley considera peligrosas las siguientes razas, tipologías de razas o cruces interraciales:

  • Pit Bull Terrier.
  • Staffordshire Bull Terrier.
  • American Staffordshire Terrier.
  • Rottweiler.
  • Dogo Argentino.
  • Fila Brasileiro.
  • Tosa Inu.
  • Akita Inu.
  • American Bully.
  • Akita Americano.
  • American Pitbull Terrier.
  • Bandogg – American Bandogg Mastiff.

Además de estas razas las autoridades competentes podrán valorar y declarar a un animal como potencialmente peligroso. Se hará atendiendo a criterios objetivos, bien de oficio o bien tras haber sido objeto de una notificación o denuncia, (previo informe del veterinario oficial).

Obligaciones del propietario y quienes paseen a un Perro Potencialmente Peligroso

  • Ser mayor de edad.
  • No tener antecedentes penales.
  • El dueño y quienes paseen al animal deberán tener la Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • Registro del animal en el censo de PPP en el ayuntamiento en el que está censado el animal.
  • Pasear un único perro potencialmente peligroso.
  • Llevar siempre el perro con bozal.
  • Correa no extensible y de no más 2 metros de largo.
  • Los arneses están prohibidos salvo causas de salud (acreditadas mediante certificado veterinario).
  • Llevar siempre que se pasee al animal la licencia y el registro.
  • La cría y cruce de perros potencialmente peligrosos fuera de núcleos zoológicos debidamente autorizados y venta de los mismos está prohibido.

IMPORTANTE: El incumplimiento de estas obligaciones acarrearán sanción.