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Subvenciones para la creación de nuevas comunidades de energías renovables e instalaciones fotovoltaicas
Las comunidades de propietarios de edificios también podrán acceder a las ayudas

La finalidad del programa es la creación de nuevas comunidades de energías renovables en la ciudad, así como fomentar la inversión en instalaciones fotovoltaicas por parte de las comunidades de energías renovables y de las comunidades de vecinos ya existentes. Tras las convocatorias de 2023 y 2024, en esta ocasión se ha incorporado la posibilidad de que las comunidades de propietarios de edificios de viviendas puedan también optar a las ayudas para la inversión en instalaciones fotovoltaicas.
Con esta iniciativa se pretende:
- Fomentar la producción de energía renovable en el sector residencial, impulsando la producción renovable de autoconsumo en la edificación privada.
- Fomentar la soberanía energética de la ciudadanía, promoviendo el asociacionismo y la participación ciudadana.
- Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero del municipio para combatir el cambio climático.
Podrán optar a estas subvenciones aquellas asociaciones, comunidades de energías renovables y comunidades de propietarios de edificios de uso residencial que tengan domicilio social y fiscal en el municipio de San Sebastián.
Detalles de la subvención
- La dotación económica total de la convocatoria es de 60.000 €.
- La cuantía de la subvención concedida por proyecto será del 75 % de los gastos subvencionables, IVA incluido, siempre que éste no sea deducible por la asociación o comunidad de energías renovables.
- La cuantía máxima concedida por solicitud será:
- 10.000 euros en los proyectos de constitución de comunidades energéticas.
- 20.000 euros en los proyectos de instalaciones de energía solar fotovoltaica.
- La subvención se abonará en dos partes: el 70 % en el momento de la aprobación de la concesión por el órgano competente, y el 30 % una vez presentados y validados los documentos exigidos para la justificación de la subvención.
El abono final de la subvención estará condicionado a la realización de la actuación que fundamenta la concesión de la ayuda, y la previa presentación de la documentación justificativa exigida por las bases para el 30 de septiembre de 2026 (incluido).
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será el siguiente: desde las 9:00 horas del 28 de noviembre de 2025 hasta las 14:00 horas del 27 de mayo de 2026, si antes no se han agotado los fondos dispuestos.
Los impresos y la documentación deberán presentarse utilizando medios electrónicos a través de la página web del ayuntamiento.
Trámite y bases de la subvención
Justificación final
Publicado el 27/11/2025