Ayudas económicas: Subvención para colocar rótulos en euskera

Telemático

Descripción del trámite

El Servicio de Euskera del Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián concede ayudas para
  • Rotulación exterior: poner en euskera o en euskera y otra lengua los rótulos exteriores de los establecimientos comerciales, hosteleros y de aquellos que ofrezcan otro tipo de servicios.
  • Rotulación interior: poner en euskera o en euskera y otra lengua la rotulación interior de los citados establecimientos.

Quién lo puede solicitar

La persona interesada o quien tenga autorización para representarla.

Puedes autorizar a otra persona para que realice este trámite en tu nombre rellenando esta autorización de representación.

Si quieres otorgar una representación más duradera puedes hacerlo en el registro de representantes.

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

A partir del día siguiente a la publicación de las bases en el BOG hasta fin de año

Documentación necesaria

  • Factura original y justificante del abono.
  • Fotografía del elemento una vez colocado, en caso de ser más de un elemento, una fotografía en la que aparezca la rotulación exterior completa del establecimiento
  • En caso de no tributar en el País Vasco, deberá adjuntar certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Gratuito

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: 1 mes
  • Plazo legal: 6 meses
  • Sentido del silencio: Negativo

Pasos del procedimiento

  1. Publicación de las Bases
  2. Registro de la solicitud y documentación
  3. Subsanación de documentación en su caso
  4. Se formula la propuesta de resolución definitiva firmada por la Concejalía
  5. Envío de notificación de la concesión o denegación
  6. Ingreso de la subvención

Responsable de la tramitación

Departamento: Servicio de Euskera

Normativa

Otra información de interés

No se subvencionarán los rótulos principales y demás elementos de rotulación que contengan únicamente nombres propios (nombres y/o apellidos), topónimos y/o acrónimos
  • Serán subvencinados los nombres propios, topónimos o acrónimos que vayan acompañados de la indicación del tipo de ocupación o actividad profesional del establecimiento ("Peio arrandegia", "Ezeiza arropa-denda", "Mandobide taberna").
  • Podrán ser objeto de subvención los rótulos compuestos por un nombre común o sintagma nominal en euskera ("Izar", "Atotxako Sorgina", "Hiru Ahots").
  • No serán objeto de subvención los rótulos o soportes temporales. El rótulo debe ser estable para ser subvencionable.
  • Los términos redactados en euskera y castellano con grafía similar, se rotularán únicamente en euskera.
  • Para ser subvencionables, los elementos de rotulación deberán estar correctamente redactados; es decir, no deberán contener errores gramaticales u ortográficos.
  • Cuando se subvencione un rótulo realizado íntegramente en euskera, se tendrá en cuenta la totalidad del paisaje lingüístico del establecimiento. Y si tiene un rótulo o más en otra lengua distinta del euskera, se analizará la presencia del euskera y se concederá la subvención en función de ello.
Cuando se utilicen las dos lenguas oficiales o más lenguas en un rótulo, para ser objeto de subvención la presencia del euskera será, como mínimo, equivalente al castellano o a las otras lenguas.
Cuando los textos estén en columnas, el texto en euskera se pondrá a la izquierda. Cuando los textos estén en la misma línea, comenzarán en euskera. Y cuando el texto esté en dos líneas, la primera línea será en euskera y la segunda línea en la otra lengua. Asimismo, cuando los textos estén separados en dos páginas, la página de la derecha será para el euskera y la de la izquierda para el castellano u otra lengua

Protección de datos

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