Ejecución urbanística: Proyecto de reparcelación

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Documentos

Descripción del trámite

La reparcelación es la agrupación de fincas comprendidas en una unidad de ejecución (ámbito de la actuación urbanizadora) para su nueva división ajustada al plan, y adjudicando las parcelas resultantes en funcion de los derechos de las personas interesadas.

El proyecto de reparcelación tiene gran trascendencia, ya que establece las parcelas edificables que les van a corresponder a cada una de las personas propietarias de la unidad de ejecución y las cargas de urbanización de cada una de las parcelas.

Quién lo puede solicitar

Podrá ser formulado a iniciativa del promotor/a de la urbanización, propietario/a o agente urbanizador/a, o directamente de oficio por la administración actuante, y será aprobado por el Ayuntamiento.

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

  • Acuerdo de la Junta de Concertación de aprobación inicial del proyecto de reparcelación.
  • Certificación de la notificación a titulares registrales y a todas las personas afectadas y de la información pública.
  • Documento de Proyecto de Reparcelación que contendrá el contenido previsto en la Ley 2/2006 de suelo y Urbanismo. Se incluirán, al menos, los siguientes documentos:
    • Informe que justifique la reparcelación.
    • Certificado del Registro de la Propiedad del dominio y cargas
    • Relación de las personas propietarias e interesadas con expresión de la naturaleza y cuantía de su derecho.
    • Propuesta de adjudicación de las fincas resultantes.
    • Tasación de los derechos que se extinguirán con consecuencia de la ejecución del Plan.
    • Cuenta de liquidación provisional.
    • Planos.

Nota: es obligatorio el uso del formulario indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 200 Mb

Cantidad a abonar

  • Número de propietarios/as menor o igual a 10: 2.000€
  • Número de propietarios/as superior a 10 e igual o inferior a 50: 3.050€
  • Número de propietarios/as superior a 50: 6.100€
  • Procedimientos abreviados de Reparcelación: 778,30€

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo legal: 3 meses
  • Sentido del silencio: Negativo

Pasos del procedimiento

  1. Registro de la solicitud y documentación
  2. Informe técnico y jurídico (Arquitectura y Técnico/a Jurídica de Urbanismo)
  3. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, con la aprobación inicial
  4. Publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en www.donostia.eus, dando un plazo de 20 días para presentar alegaciones
  5. Si hubiera alegaciones, informes técnicos y jurídicos correspondientes.
  6. Si como consecuencia de alegaciones presentadas y de los informes técnicos, hay que modificar el proyecto porque se afecta sustancialmente a su contenido general o a la mayor parte de los afectados, nuevo trámite de audiencia a todos los interesados en el expediente en el plazo de 20 días.
  7. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local para la aprobación definitiva.
  8. Notificación a las personas propietarias y demás personas interesadas.
  9. Remitir un ejemplar en soporte informático al Servicio de Catastro de Urbana de la Hacienda Foral de Gipuzkoa
  10. Publicación aprobación definitiva en el BOG y en www.donostia.eus
  11. Una vez firme el acuerdo de aprobación definitiva, Inscripción en el Registro de la Propiedad, mediante certificación administrativa, por parte de la Junta de Concertación.
  12. Liquidación de tasas.

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección de Urbanismo Sostenible

Normativa

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Protección de datos

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