Las personas beneficiarias de las subvenciones están obligadas a justificar el destino de los fondos percibidos a la finalidad que sirvió de fundamento a la subvención.
Quién lo puede solicitar
Personas físicas y jurídicas a las que se haya concedido subvención en la convocatoria del año en curso.
Cuándo lo pueden solicitar
21/9/2022 - 31/3/2023
Consultar Bases de la convocatoria del año correspondiente
El trámite se encuentra fuera de plazo.
Documentación necesaria
Es obligatorio el uso del modelo de solicitud indicado en este trámite
Documento con el que acredita la representación, en su caso
Memoria explicativa de las actividades objeto de subvención dentro de esta convocatoria, valoración de los resultados obtenidos.
Un ejemplar de los estudios, programas, publicaciones, carteles. vídeos y cuanta documentación gráfica y escrita haya sido elaborada en la actividad generada como consecuencia de la ayuda económica.
Tamaño máximo anexos: 15 Mb
Plazo de resolución y sentido del silencio
Plazo estimado: Variable
Plazo legal: 6 meses
Sentido del silencio: Negativo
Depende de la complejidad del expediente.
Pasos del procedimiento
Recogida de la documentación
Revisión de la documentación y subsanación de errores
Certificado de justificación de la subvención por parte del órgano instructor
Envío de notificación a las entidades interesadas
Ingreso del 40% restante de la subvención
Responsable de la tramitación
Entidad: Entidad Pública Empresarial Donostia Kultura