Comunicación previa de obras en comercio minorista y/o de servicios

Descripción del trámite

La presentación de esta comunicación previa le habilita, bajo la exclusiva responsabilidad de la entidad promotora, para la realización de las obras contenidas en la misma y que se desarrollen en los locales.

La presentación de la comunicación no prejuzga en modo alguno la situación y efectivo acomodo de las condiciones del establecimiento a la normativa aplicable, ni limita el ejercicio de las potestades administrativas, de comprobación, inspección y sanción, y en general de control que a la administración en cualquier orden le estén atribuidas por el ordenamiento sectorial aplicable en cada caso.

Quién lo puede solicitar

Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.

Se deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • el establecimiento NO tenga una superficie útil de exposición y venta al público superior a 750 metros cuadrados.
  • las obras a realizar no incidan en un establecimiento afectado por las normas de protección del patrimonio histórico artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público.
  • las obras a realizar no requieran de la redacción de un proyecto de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  • Estar incluidas en el listado de las actividades incluidas en el ámbito de apliación de la Ley 12/2012, última versión consolidada de 28/4/2015 (Ver la lista en: "documentos")

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

  • Memoria
  • Presupuesto detallado de las obras a realizar.
  • Plano acreditativo de que la superficie útil de exposición y venta al público del establecimiento no es superior a 750 m2.
  • Documentación informativa de la actuación a realizar (planos o croquis del estado actual/reformado en planta y sección, fotografías de la fachada, etc.)

Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 50 Mb

Cantidad a abonar

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: En el momento
  • Plazo legal: No procede
  • Sentido del silencio: No procede
No hay plazo de tramitación ni resolución. La comunicación previa acompañada de la documentación requerida autoriza a la persona promotora al inicio de la actividad desde el mismo día de su presentación.

Pasos del procedimiento

  1. Registro de la comunicación con la documentación necesaria a partir de este momento se considera que puede iniciarse la actividad.
  2. Comprobación de la documentación (si es presencial en el momento si es telemático en 7 días aproximadamente). En caso de que le falte algún documento, se le concederá el plazo de 10 días para subsanar la deficiencia detectada.

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección de Urbanismo Sostenible

Normativa

Trámites relacionados

Otra información de interés

No requieren de la redacción de un proyecto las siguientes obras: (al amparo de lo dispuesto en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación)
  • Las obras de reforma interior (derribo, desescombro, reforma, rehabilitación o redistribución) que no se incluyan dentro de los elementos que garanticen la estabilidad y resistencia mecánica del edificio y que no afecten a elementos estructurales (entre ellos, forjados, escaleras, entreplantas etc.), siempre y cuando el edificio no posea estructura de madera o mixta.
  • Sustitución de puertas, ventanas, persianas etc.
  • Instalación de toldos de pequeñas dimensiones y colocación de rótulos.

Aviso: Si la actividad a implantar carece de la oportuna comunicación de actividad, con carácter previo a la apertura del establecimiento deberá presentarse la misma en el modelo oficial elaborado al efecto por el Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián.

No procede efectuar dicha comunicación si la actividad ha sido ya comunicada o cuenta con licencia en el supuesto que las obras ejecutadas no hayan modificado las condiciones físicas del local.

SUBVENCIONES PARA COLOCAR RÓTULOS EN EUSKERA EN LOS ESTABLECIMIENTOS
El servicio de Euskera concede subvenciones para poner en euskera la rotulación exterior e interior de cualquier establecimiento. Si quiere más información clicar aquí.

Protección de datos

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