Urgencias Sociales Horario de lunes a viernes de 8-22h. y los fines de semana de 9-21h.
Descripción del trámite
Atención de situaciones críticas determinadas por la carencia de alojamiento o por graves conflictos convivenciales que pongan en peligro la integridad de las personas.
Salvo circunstancias especiales, este servicio se limita a facilitar alojamiento, no ejerciéndose en estos pisos tutela alguna ni existiendo en los mismos personal al cuidado de las personas acogidas, si bien, se hará un seguimiento de los casos desde la Dirección de Bienestar Social.
Se entenderán como situaciones críticas de carencia de alojamiento o por graves conflictos convivenciales las derivadas de las siguientes circunstancias:
Desahucios dictados por sentencia judicial firme en procedimientos seguidos ante la jurisdicción civil por falta de pago por insuficiencia de recursos, por necesidad de la persona propietaria, por declaración de ruina o similares.
Declaración municipal de ruina inminente de la edificación que sirva de residencia a la persona o personas necesitadas de la acogida.
Catástrofe, incendio, inundación y fenómenos similares que inhabiliten la edificación que sirva de residencia de la unidad familiar.
Relaciones familiares insostenibles por la existencia de malos tratos físicos y/o psíquicos. Las mujeres que sufran violencia de género, serán dirigidas a los recursos de acogida específicos
Otras situaciones de emergencia.
La estancia es, como máximo, de tres meses
Quién lo puede solicitar
Tener empadronamiento en Donostia
Previa valoración y prescripción técnica de los y las profesionales de Servicios Sociales
Puede ser usuaria de este servicio cualquier persona o unidad de convivencia, que se encuentre en alguna de las situaciones críticas de carencia de alojamiento o por graves conflictos convivenciales señaladas anteriormente.
Para determinar la prioridad de acceso a estos pisos se consideraran las siguientes circunstancias:
Que haya menores de edad entre los acogidos/as
Que la necesidad de vivienda está causada por catástrofe, declaración de ruina o desalojo.
Necesidad de protección para no ser agredido/a o maltratado/a
Cuándo lo pueden solicitar
Durante todo el año
Documentación necesaria
Toda aquella que acredite la no disponibilidad de una vivienda alternativa donde poder residir en condiciones de seguridad o no poder disponer de ella con la inmediatez necesaria.
Todo aquella que desde Servicios Sociales, se estime necesaria para acreditar y comprobar la situación de emergenciaa de la familia