Aplazamientos y fraccionamientos de pago

Telemático

Presencial

Recaudación Municipal:
  • Ijentea, 6
Horario:
  • 09:00 - 14:00

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Descripción del trámite

Tramitación de concesión de un aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias en período voluntario o ejecutivo.
Se podrá conceder o no, el aplazamiento (un plazo) o fraccionamiento (varios plazos) del pago de las deudas de las personas contribuyentes, previa solicitud, cuando su situación económico-financiera les impida transitoriamente satisfacer sus obligaciones económicas.
  • Aplazamiento de pago de deudas: se trata de pagar la deuda tributaria en un momento posterior al de su vencimiento y de una sola vez.
  • Fraccionamiento de pago de deudas: se trata de dividir en diferentes cuotas en el tiempo el pago de deudas tributarias.

Quién lo puede solicitar

Persona interesada titular del recibo o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud
  • Otros documentos o justificantes que estime oportunos en apoyo a su petición.
  • Datos que han de constar en la solicitud:
    • Causas que motivan la solicitud.
Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Intereses a aplicar en los aplazamientos:
  1. El interés preferente.
    1. Es el señalado en el Presupuesto Municipal (para el 2023: 3%)
    2. Si el Presupuesto Municipal no fija su importe, queda determinado en el interés legal menos un 0,25%
    3. Se aplica en los aplazamientos y fraccionamientos de pago concedidos a personas físicas con orden de domiciliación general y a los titulares de concesiones administrativas cuando así se resuelva.
  2. El interés de demora.
    1. Es el señalado en la Norma Foral para ese período de aplicación (para el 2023: 4,06%)
    2. Se aplica en los aplazamientos y fraccionamientos de pago concedidos a las solicitudes en general y a los titulares de concesiones administrativas cuando así se resuelva.

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: 7 días
  • Plazo legal: Variable
  • Sentido del silencio: Negativo
En voluntaria 1 semana, en ejecutiva 1 mes
10 días en deudas cuyo importe no exceda de 12000 euros, en el resto 1 mes

Pasos del procedimiento

1. Registro de la solicitud y documentación
2. Comprobación de cumplimiento de requisitos
3. Resolución estimatoria o desestimatoria
4. Notificación a las personas interesadas

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección Financiera

Normativa

Otra información de interés

*A tener en cuenta:
  • Hay que realizar una solicitud por cada deuda
  • El pago de las cuotas se realizarán por la persona contribuyente en la cuenta que se les indique y en los plazos establecidos en la resolución. La domiciliación en este caso, no se admite.
*Efectos del incumplimiento:
El incumplimiento de pago en el último año supondrá la denegación de la solicitud de otros fraccionamientos o aplazamientos.

*Supuestos de deudas tributarias sin garantía:
  • El impago del aplazamiento o fraccionamiento de una deuda en período voluntario implicará su exigencia por vía de apremio por el total pendiente, con los correspondientes recargos e intereses.
  • El impago del aplazamiento o fraccionamiento de una deuda en período ejecutivo supondrá la continuación del procedimiento de apremio, iniciándose sin más las actuaciones de embargo.
*Ventajas de la domiciliación general
  • Aplicación del interés preferente en los aplazamientos y fraccionamientos de pago y, en determinados casos, sin necesidad de aportar garantía.

Protección de datos

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