Descripción del trámite
Es un servicio de atención diurna cuyo objetivo es contribuir al mantenimiento de la autonomía de personas mayores frágiles, a su permanencia en su entorno habitual y su socialización compensando, en su caso, posibles situaciones de aislamiento. El Servicio se presta en diferentes centros donde se ofrecen actividades grupales específicas como gimnasia adaptada, taller de relajación, terapia manual, talleres lúdicos, de memoria y de audiovisuales, musicoterapia y otras prácticas destinadas a favorecer el envejecimiento activo y a mantener relaciones sociales para mejorar la calidad de vida.
El servicio se presta en locales que actualmente la Dirección de Bienestar Social tiene cedidos a las Asociaciones de personas mayores jubiladas, en concreto:
- Altza-Larratxo: Asociación Bellavista. Larratxo, 26.
- Amara Berri: Asociación Gure Egunsentia. Javier Barkaiztegi, 11.
- Antiguo: Local municipal. Bertsolari Xalbador, 14 (junto al CSS)
- Bidebieta: Asociación Guardaplata. Serapio Mujika, 21.
- Centro: Asociación Jatorra. Larramendi 14, bajo.
- Egia: Asociación Egiatarra. Duque de Mandas, 48 bajo.
- Gros: Local municipal. Nafarroa Behera, 7.
- Intxaurrondo: Asociación Intxaurralde. Zarategi, 66
El servicio se presta de lunes a viernes en horario de mañanas: de 10 a 13:00 y a lo largo de todo el año, a excepción de los periodos vacacionales
Quién lo puede solicitar
Como criterios generales, los requisitos son los siguientes:
- Estar empadronada en Donostia /San Sebastián al menos 12 meses continuados inmediatamente anteriores a su solicitud.
- Tener 65 o más años.
- Ser autónoma frágil o con dependencia moderada (Grado I de BVD hasta 39 puntos)
- Encontrarse en situación o en riesgo de padecer aislamiento, soledad, abandono, trato inadecuado.
- Requerir apoyos de baja intensidad para la cobertura de las necesidades atendidas por el servicio.
- No rechazar el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto-contagiosa y/o enfermedad mental.
- No padecer trastornos de conducta y/o presentar comportamientos que puedan perturbar gravemente el funcionamiento del servicio o la normal convivencia en el mismo o que supongan riesgo para la propia persona, para otras personas usuarias o para las y los profesionales.
- No precisar una asistencia sanitaria especializada y/o permanente fuera del alcance y posibilidades de las dotaciones propias del servicio.
- Abonar la aportación económica al coste del servicio que le corresponda.
- Asistir con regularidad a las actividades del servicio y, en caso de ausencia, comunicar a la persona responsable que no se acudirá a la sesión o sesiones. y, si es posible, comunicar el período en el que se prolongará la ausencia.
Cuándo lo pueden solicitar
Documentación necesaria
- Documentación para el cálculo económico de todos los miembros que forman la unidad convivencial (se entiende por unidad convivencial la formada por el matrimonio o cualquier otra relación análoga a la conyugal):
- Certificado de pensiones actualizadas emitidos por el organismo que la conceda cuando no sean del INSS
- Justificación de rendimientos del Patrimonio Inmobiliario (contratos de alquiler).
Esta documentación se pedirá siempre que no conste ya en el Centro de Servicios Sociales (CSS) por tener otros recursos en trámite o tramitados recientemente
Nota:
es obligatorio el uso del impreso específico indicado en este trámite.
Tamaño máximo anexos: 10 Mb
Cantidad a abonar
En función de la capacidad económica de la persona usuaria y su unidad de convivencia. Hay un baremo económico para el cálculo
Plazo de resolución y sentido del silencio
- Plazo estimado: 5 días
- Plazo legal: 3 meses
- Sentido del silencio: Negativo
Pasos del procedimiento
- Petición de cita previa en Servicios Sociales
- Entrevista con el/la Trabajadora Social para realizar el análisis de la necesidad
- Comprobación de cumplimiento de requisitos
- Registro de la solicitud y documentación
- Invitación a la persona usuaria a participar durante una jornada de las actividades del recurso
- Valoración de la propuesta, cálculo del precio definitivo
- Resolución de concesión o denegación
- Notificación a la persona interesada
- Recepción y acogida a la persona en el Centro
- Facturación mensual del Servicio por parte de la empresa
- Seguimiento por parte del/la Trabajadora Social
Responsable de la tramitación
Departamento: Dirección de Acción Social
Normativa
Observaciones: ver art. 33 y Anexo I, epígrafe 1.2. del Decreto 185/2015
Trámites relacionados
Otra información de interés
El acceso a este servicio puede estar sujeto a lista de espera por haber un número de plazas limitado
Más información sobre las iniciativas para mejorar la calidad de vida de las personas mayores:
Donostia Lagunkoia
Plan de Accesibilidad
Protección de datos