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¿Cuándo se ha de presentar la reclamación?


El plazo para presentar la reclamación es el de un mes desde que recibió el acto municipal con el que no está de acuerdo ( el recibo, la liquidación el embargo de la multa, la desestimación del recurso de reposición, la desestimación de la exención o bonificación, .

Si la reclamación se presenta una vez transcurrido ese plazo, el Tribunal tiene que declararla inadmisible por extemporánea.