Propuesta de modificación del Reglamento de Servicios e Instalaciones deportivas del Patronato Municipal de Deportes de Donostia/San Sebastián

El Patronato Municipal de Deportes de Donostia/San Sebastián quiere promover la modificación del Reglamento de Servicios e Instalaciones con el fin de actualizar la regulación del reglamento actualmente vigente, buscando un cumplimiento de las normativas en vigor y una gestión más actual y adecuada de estos servicios para la ciudadanía.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se redacta la
presente memoria explicativa del proyecto que se pretende llevar a cabo.

Plazo de aportaciones hasta el: 02/20/2018

Problemas que se pretenden solucionar

El actual Reglamento de Servicios e Instalaciones del Patronato Municipal de Deportes de Donostia/San Sebastián, publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 16 de mayo de 2007, se reguló creando una normativa común tanto para las Instalaciones de gestión directa como para las de gestión indirecta. El objetivo era que los ciudadanos/as vieran garantizados sus derechos en todas las Instalaciones Municipales, reforzando los derechos de los usuarios/as y estableciendo fórmulas ágiles y accesibles para crear un vínculo de comunicación continuo con los usuarios/as.
No obstante, transcurrido más de una década, nuevas leyes han entrado en vigor cuyo cumplimiento es primordial, y las nuevas demandas sociales evidencian la necesidad de llevar a cabo diversas modificaciones sobre el Reglamento anterior, actualizándola con cuestiones que son de gran transcendencia para la ciudadanía y que hasta el momento quedaban fuera del mismo.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Como consecuencia de la aprobación de nuevas leyes y la aparición de nuevas demandas sociales, es crucial y necesaria la modificación del Reglamento anterior, tanto para el cumplimiento de la legalidad como para dar respuesta a las reivindicaciones de la sociedad. Por ello, esta actualización del Reglamento garantiza una regulación mucho más completa,introduciendo las nuevas exigencias legales en cuestiones como la protección de datos, la transparencia, la comunicación , la igualdad y no discriminación o la publicidad, y reforzando así los derechos de los usuarios/as.

Objetivos de la norma

Inclusión de la previsión de nuevas leyes y refuerzo de las ya vigentes en el Reglamento anterior, que se enumeran a continuación:
1) Protección de Datos Personales, en aras a garantizar el cumplimiento efectivo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, haciendo referencia a los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto a los datos personales.
2) Regulación del uso de cámaras fotográficas y/o de vídeo, los cuales pueden menoscabar la intimidad de las personas y el Reglamento anterior no lo preveía, ya que el uso general de esta tecnología no se ha dado hasta hace pocos años. Destacar que para la regulación de esta cuestión se tendrá en cuenta lo expresado por la Agencia Vasca de Protección de Datos en su dictamen de 21 de junio de 2013, tras el escrito que el Patronato Municipal de Deportes de Donostia/San Sebastián le hizo llegar con anterioridad.
3) En cuanto a la publicidad, se prevé la prohibición de bebidas alcohólicas de más de 20 grados en todas las instalaciones y centros deportivos. Cuando las actividades deportivas y culturales se dirijan a los menores de edad, está prohibición será total. En el caso de la publicidad del tabaco, estará absolutamente prohibida. Con estas nuevas medidas, se pretenden garantizar la Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adiciones y Drogodependencias; la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad; y la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el deporte.
4) Regulación de todo lo relativo a la información pública, es decir, el acceso a la misma, las causa de inadmisión de la solicitud de acceso, la tramitación, la resolución y la formalización del acceso, previendo así lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
5) Respecto al régimen sancionador, se prevé darle una redacción más completa y exhaustiva, dedicándole un título entero del reglamento y añadiéndole novedades tales como:
- Modificación en la duración de las sanciones que consisten en la privación de derechos de la persona usuaria, así como el acceso, uso y disfrute de las instalaciones deportivas.
- Distintas graduaciones dentro de la sanción dependiendo de la infracción cometida.

Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

En este caso, la modificación y actualización del Reglamento es la solución más adecuada, necesaria y viable al cumplimiento de las leyes y las demandas sociales, puesto que otro tipo de medidas conllevarían a contradicciones con el reglamento vigente y soluciones incompletas, insuficientes y no satisfactorias.

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