Propuesta de modificación de la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se redacta la presente memoria explicativa del proyecto que se pretende llevar a cabo.

Plazo de aportaciones hasta el: 01/12/2024

Problemas que se pretenden solucionar

1.- Gestión de reservas de carga y descarga

En el actual escenario de consumo urbano, la DUM se presenta como un servicio imprescindible para el funcionamiento de nuestras ciudades, pero su impacto en el tráfico es importante. Por ello, es necesario buscar modelos de funcionamiento eficientes para reducir, en lo posible, viajes infructuosos.

2.- Circulación de vehículos de movilidad personal (VMP)

Se considera necesario regular la circulación de los VMP para garantizar la seguridad vial tanto de los propios conductores como del resto de usuario de la vía pública, principalmente de los más vulnerables. Así, se pretenden definir las vías municipales y los espacios autorizados para la circulación de los VMP, las condiciones generales de circulación en las mismas y las medidas de seguridad obligatorias a observar.

3.- Circulación de bicicletas en calles de prioridad peatonal

La actual regulación de las zonas de prioridad peatonal contemplada en la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos no es acorde con la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.

4.- Estacionamiento nocturno en fines de semana en diversos carriles bus de la zona Centro

La posibilidad de estacionamiento gratuito en superficie es del todo contraria a la política general de movilidad, por la cual, se utiliza el pago por el estacionamiento como medida disuasoria para el uso del coche privado. Por otra parte, consideramos que fomenta el uso del vehículo privado para el ocio nocturno lo cual puede generar problemas de seguridad vial debido a la conducción bajo los efectos del alcohol.

5.- Reservas de estacionamiento para vehículos de personas con movilidad reducida.

Necesidad de establecer requisitos más exigentes para su concesión, debido al incremento paulatino del número de solicitudes y al incremento de las dificultades para encontrar ubicaciones que se adecúen a la actual normativa de accesibilidad.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

1.- Gestión de reservas de carga y descarga

Tanto la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, como la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética establecen a los municipios la obligación de mejorar de la logística para una distribución de mercancías más sostenible.

2.- Circulación de vehículos de movilidad personal (VMP)

Tras las últimas revisiones de la normativa refertida a los VMP recogidas en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial al objeto de definir de forma más precisa el ámbito de uso de los VMP, se estima necesario modificar la regulación municipal existente para adaptarla a estas revisiones.

3.- Circulación de bicicletas en calles de prioridad peatonal

La aprobación de la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados obliga a adecuar la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos a la misma.

4.- Estacionamiento nocturno en fines de semana en diversos carriles bus de la zona Centro

Debido a los cambios de ordenación de las calles Zubieta y San Martín, el carril bus existente se ha transformado en un carril bici y en estacionamiento para residentes por lo que ya no existe la posibilidad de estacionar en dicho carril bus. Asimismo, la acera derecha de la c/Urbieta en el sentido de la circulación está ocupada por paradas de transporte público, contenedores de recogida de residuos urbano y barandillas por lo que resulta impracticable el estacionamiento en la misma según los supuestos de los art. 43.11 y 43.2 de la propia Ordenanza. Por otra parte, se ha ampliado la oferta de transporte público nocturno para evitar la utilización del vehículo privado y, en caso de utilizarlo, las necesidades de estacionamiento están cubiertas mediante los parking subterráneos existentes en la zona por lo que no es necesario posibilitar el estacionamiento en superficie gratuito.

5.- Reservas de estacionamiento para vehículos de personas con movilidad reducida.

La aprobación de la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados, establece nuevos criterios de diseño (dimensiones) y ubicación de las plazas de estacionamiento para personas de movilidad reducida que afectan significativamente al espacio de estacionamiento disponible en la vía pública, lo que conlleva importantes dificultades para encontrar ubicaciones adecuadas para estas plazas.

Objetivos de la norma

1.- Gestión de reservas de carga y descarga

El principal objetivo de las modificaciones acometer es mejorar la gestión de las zonas de carga y descarga para optimizar el uso de la vía pública y hacer más eficiente la operativa de los distribuidores. La digitalización de la carga y descarga recaba información acerca de las necesidades reales de la actividad de los transportistas para mejorar, desde el punto de vista administrativo, la planificación, dimensionamiento de los espacios y el control de su uso. Desde el punto de vista del distribuidor, conocer la ocupación de las reservas de carga y descarga en tiempo real le permitirá adaptar la planificación de sus entregas.

2.- Circulación de vehículos de movilidad personal (VMP)

En lo referente a los VMP, se pretende disponer de marco normativo local que complemente el marco estatal para regular la circulación de los vehículos de movilidad personal en la ciudad para incrementar la seguridad vial y mejorar la convivencia entre los distintos modos de transporte para conseguir, de forma indirecta, fomentar el uso de medios de transporte sostenible.

3.- Circulación de bicicletas en calles de prioridad peatonal

Eliminar los actuales “itinerarios ciclistas señalizados en zonas de prioridad peatonal” para trasladar la circulación de las bicicletas a la calzada en las zonas de prioridad peatonal en cumplimiento del art. 5 y art.38 de la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.

4.- Estacionamiento nocturno en fines de semana en diversos carriles bus de la zona Centro

Incrementar la seguridad vial, reducir la utilización del vehículo privado y fomentar el uso de medios de transporte sostenible.

5.- Reservas de estacionamiento para vehículos de personas con movilidad reducida

Racionalizar el uso de las plazas de aparcamiento para personas de movilidad reducida de uso privativo modificando los requisitos para su concesión.

Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

La regulación de las reservas de carga y descarga (1), la regulación de las calles de prioridad peatonal (3), la regulación del estacionamiento nocturno en carril bus (4) y la regulación de las reservas de estacionamiento para vehículos de personas con movilidad reducida (5) se recogen actualmente en la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos en base a la competencia municipal para regular la movilidad y el estacionamiento de vehículos (LILE art.17 y Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial art.7) por lo que se estima necesario modificarla en dicho texto.

Por otro lado, en relación con la circulación de los VMP (2), debido a la inexistencia de normativa superior, la actual regulación de la circulación de los VMP en la ciudad está determinada mediante resolución de la Junta de Gobierno Local (26 de diciembre de 2018), en base a la disposición adicional segunda de la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos. Se considera pertinente recoger una nueva regulación en la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos acorde con la normativa estatal aprobada.

Documentos