Propuesta de nueva ordenanza municipal de prestación patrimonial de carácter público no tributario por la prestación de servicios en régimen de concesión

La Dirección Financiera quiere promover la nueva regulación de la Ordenanza de los servicios prestados en régimen de concesión, con el fin de la adecuar la actual Ordenanza Fiscal que regula las tasas por la prestación de servicios y la realización de actividades municipales sólo en lo relativo al transporte público urbano turístico, autobús turístico y tren simulado, así como los servicios prestados en la Estación de Autobuses, a lo expuesto en la normativa en vigor.

Plazo de aportaciones hasta el: 11/05/2019

Problemas que se pretenden solucionar

Adecuar la regulación Municipal relativa a la prestación de servicios de transporte público urbano turístico, autobús turístico y tren simulado, así como los servicios prestados en la Estación de Autobuses a lo expuesto en la Norma Foral 3/2019, de 11 de febrero, de aprobación de determinadas medidas tributarias para el año 2019, la cual introduce en el ordenamiento guipuzcoano la categoría de las prestaciones patrimoniales de carácter público, realizando modificaciones en la Norma Foral 11/1989, de 5 de julio, Reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, la Norma Foral 2/1990, de 11 de enero, de Tasas y Precios Públicos y la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Estas prestaciones pueden ser tributarias o no tributarias, considerándose prestaciones patrimoniales públicas de carácter no tributario los supuestos de prestación de servicios públicos de carácter coactivo realizada de forma directa mediante personificación privada o mediante gestión indirecta. En concreto tienen tal consideración aquellas exigidas por la explotación de obras o la prestación de servicios, en régimen de concesión, sociedades de economía mixta, entidades públicas empresariales, sociedades de capital íntegramente público y demás fórmulas de derecho privado.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El Servicio de transporte público de autobús turístico y el tren simulado lo desarrolla SAN SEBASTIÁN TURISMO/DONOSTIA TURISMO, S.A. por encomienda de gestión del Ayuntamiento de Donostia/San Sebastián, y el Servicio de la Estación de Autobuses el propio Ayuntamiento.

No obstante, los tres servicios se prestan en régimen de concesión.

Hasta la fecha dichos servicios se han regulado mediante la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por la prestación de servicios y la realización de actividades municipales, por lo que con la entrada en vigor de la Norma Foral 3/2019, de 11 de febrero, de aprobación de determinadas medidas tributarias para el año 2019, nos encontramos en la necesidad de actualizar dicha Ordenanza a lo expuesto en la Norma, creando una nueva Ordenanza que no sea fiscal, que regule los servicios que se prestan en régimen de concesión.

Objetivos de la norma

Aprobar la Ordenanza Municipal de prestación patrimonial de carácter público no tributario por la prestación de servicios en régimen de concesión.

Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

Los servicios que se deben regular mediante la nueva Ordenanza son servicios públicos de carácter coactivo que se prestan de forma indirecta mediante concesión, por ello atendiendo a la nueva regulación la aprobación de una nueva Ordenanza no fiscal es la solución adecuada.

La elaboración de la nueva Ordenanza debe realizarse siguiendo el procedimiento legalmente establecido.