Precios Públicos por los servicios prestados por la Escuela Municipal de Música y Danza 2011


Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por los servicios prestados por la Escuela Municipal de Música y Danza

Art. 1º.

De conformidad con las disposiciones sobre precios públicos establecidas en la Norma Foral 11/1989 de 5 de Julio, reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, se regulan y exigen los precios públicos por los servicios a prestar por la Escuela Municipal de Música y Danza de Donostia-San Sebastián.


Art. 2º.

La Escuela Municipal de Música y Danza, Organismo Autónomo municipal, cuyo objeto es la enseñanza no reglada de la música y de la danza, elabora los programas anuales, organiza la enseñanza y fija y exige las condiciones de acceso a la misma.

Asimismo ofrece otros servicios (utilización del piano de cola, salas de estudio, conciertos de la banda municipal de txistularis que son regulados reglamentariamente.


Art.3º.

La obligación de pago del precio público nace desde que se inicia la prestación de los servicios, sin perjuicio de la exigencia anticipada o depósito previo de su importe total o parcial.


Art. 4º.

1.- Los interesados en los diversos cursos deben cumplir los trámites exigidos por la Escuela Municipal de Música y Danza y utilizar el sistema de matrículas, a formalizar en los períodos señalados por la escuela.

2.- Para que la matrícula sea definitiva, será necesario aportar el certificado de empadronamiento en Donostia-San Sebastián.

3.- Los no residentes en Donostia-San Sebastián podrán matricularse en la escuela, si hubiera vacantes.


Art. 5º.

Están obligados al pago del precio público, quienes utilicen los servicios prestados por la Escuela Municipal de Música y Danza en todas sus facetas y diversidad de centros.


Art. 6º.

La Escuela Municipal de Música y Danza propone la fijación de los precios públicos, que de conformidad con lo dispuesto en el art. 50 de la Norma Foral 11/1.989 de 5 de julio reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, corresponde al Ayuntamiento Pleno.

El importe de los diversos precios públicos, se establece con carácter irreducible de la matrícula y de 10 cuotas también irreducibles que serán cobradas mensualmente (septiembre-junio) salvo baja notificada a la Administración de la Escuela, antes de comenzar el mes.

Una vez comenzado el curso, en aquellos casos en los que la matrícula y en consecuencia la recepción de las clases se inicie a partir del día 15 del mes, no procederá el pago de dicho mes, pero sí la matrícula completa.

Art. 7º.

1. El pago de los diversos precios públicos se efectuará en los plazos e instituciones fijados por la Escuela Municipal de Música y Danza, con carácter previo a la formalización de la matrícula, o a la admisión de solicitud del resto de servicios.

2. Las cantidades anticipadas se reembolsarán si se renuncia a la matrícula dentro del procedimiento y plazos que establezca la Escuela. En caso contrario no se devolverán.

3. La falta de pago de los precios conlleva la anulación automática de las solicitudes de inscripción, así como de la matrícula y los servicios que ésta supone.

4. Conforme a lo dispuesto en el art. 2-2 de la Norma Foral 11/1989 de 5 de Julio, las deudas por estos precios públicos podrán exigirse por este Ayuntamiento por el procedimiento administrativo de apremio.


Art. 8º.

1. Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio, el servicio no se preste, procederá la devolución del importe correspondiente.

2. Cuando por causas fundadas, el obligado al pago del precio, antes del inicio del curso, renuncie a la matrícula ya abonada en los meses anteriores al del inicio del curso, procederá la devolución del importe correspondiente.

Disposición final

Los presentes precios públicos entrarán en el curso 2011-2012 y seguirán en vigor en tanto no se acuerde su modificación o derogación.



DILIGENCIA para hacer constar que la Ordenanza reguladora del Precio Público por los servicios prestados por la Escuela Municipal de Música y Danza y su Anexo se aprobaron definitivamente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 29 de diciembre de 2010 y su modificación se publicó en el B.O.G. nº 249 de fecha 30 de diciembre de 2010.

En el B.O.G. nº 45 del fecha 8 de marzo de 2011 se ha publicado una corrección de errores.