Ordenanza Municipal reguladora de las Prestaciones Patrimoniales de carácter público no tributario por el Servicio de la Estación de Autobuses 2022

Art. 1º- Normativa Foral.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4 de la Normal Foral 11/1989 de 5 de Julio Reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, en redacción dada por la Norma Foral 3/2019, de 11 de febrero, de aprobación de determinadas medidas tributarias para el año 2019, se regulan y exigen las tarifas que tienen la consideración de prestaciones patrimoniales de carácter publico, no tributario.


Art. 2º – Objeto y Naturaleza

Constituye el objeto la fijación de las tarifas o contraprestaciones económicas, que se perciban por la realización de los servicios obligatorios de la Estación de Autobuses, según establece el art. 3 del reglamento de la estación de autobuses de Donostia / San Sebastián.


Art. 3º- Obligados al pago

Estarán obligados al pago los operadores de transporte que hagan uso de la estación.


Art. 4º – Nacimiento de la obligación del pago

La prestación patrimonial se devenga cuando se solicite o se inicie la prestación del servicio.


Art. 5º Tarifas

Las tarifas a abonar serán las detalladas en el anexo a esta Ordenanza.

Son irreducibles respecto a los períodos señalados en el pliego de condiciones, autorización y el adjunto anexo.


Art. 6º Forma de Pago

La estación realizará una facturación mensual de los servicios y el pago se realizará a la concesionaria de la estación dentro de los 60 días después de prestados los servicios.


Disposición Derogatoria

A la entrada en vigor de esta Ordenanza y de las Tarifas y demás derechos económicos regulados en la misma, queda derogada la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por la prestación de servicios y la realización de actividades municipales, en lo relativo al servicio de la estación de autobuses.

Disposición Final

La presente Ordenanza entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y se mantendrá en vigor mientras no se acuerde su derogación o modificación.

La Ordenanza Municipal reguladora de las Prestaciones Patrimoniales de carácter público no tributario por el Servicio de la Estación de Autobuses, se aprobó por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 28 de abril de 2022 y se publicó en el BOG nº 136 de fecha 18 de julio de 2022.