Clasificación de las Calles en orden a su Categoría 2001

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA CLASIFICACION DE LAS CALLES EN ORDEN A SU CATEGORIA



Esta Ordenanza se aplica en las valoraciones de los recursos de este Municipio.

1.- La Clasificación de las calles del Término Municipal de Donostia-San Sebastián, se establece en 6 categorías.

2.- Los baremos para puntuar estas categorías son: valor comercial, residencial, urbanístico y de accesos.

3.- Las puntuaciones mínimas y máximas de cada baremo se fijan del 1 al 6.

4.- Cuando se trate de bienes instalados entre dos o más vías públicas, o que tengan fachada a dos o más vías clasificadas en distintas categorías, se aplicará la que corresponda a la vía de categoría superior siempre que en ésta exista aun en forma de chaflán, acceso directo y de normal utilización.

5.- Cuando algún vial no aparezca comprendido expresamente en la clasificación, se aplicará la categoría que corresponda a la vía más próxima, y si fueran varias, a la de superior categoría.

6.- Cuando los locales se encuentren en sótanos o plantas interiores que carezcan de fachadas a la calle, se aplicará la categoría que corresponda a aquéllas donde se encuentre el lugar de entrada.

7.- A los viales en situación de desarrollo urbanístico, mientras dure la acción urbanizadora, se les reducirá la valoración en dos categorías:

1ª categoría se valorará como en 3ª categoría
2ª " " 4ª "
3ª " " 5ª "
4ª y 5ª categoría se valorará como 6ª categoría


DILIGENCIA para hacer constar que la Clasificación de Calles en orden a su categoría se aprobó definitivamente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 26 de octubre de 2000 y su modificación se publicó en el B.O.G. nº 246 de fecha 29 de diciembre de 2000.