ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA CLASIFICACION DE LAS CALLES EN ORDEN A SU CATEGORIA
Esta Ordenanza se aplica en las valoraciones de los recursos de este Municipio.
Artículo 1º.
La Clasificación de las calles del Término Municipal de Donostia-San Sebastián, se establece en 6 categorías.
Artículo 2º.
Los baremos para puntuar estas categorías son: valor comercial, residencial, urbanístico y de accesos.
Artículo 3º.
Las puntuaciones mínimas y máximas de cada baremo se fijan del 1 al 6.
Artículo 4º.
Cuando se trate de bienes instalados entre dos o más vías públicas, o que tengan fachada a dos o más vías clasificadas en distintas categorías, se aplicará la que corresponda a la vía de categoría superior siempre que en ésta exista aun en forma de chaflán, acceso directo y de normal utilización.
Artículo 5º.
Cuando algún vial no aparezca comprendido expresamente en la clasificación, se aplicará la categoría que corresponda a la vía más próxima, y si fueran varias, a la de superior categoría.
Artículo 6º.
Cuando los locales se encuentren en sótanos o plantas interiores que carezcan de fachadas a la calle, se aplicará la categoría que corresponda a aquéllas donde se encuentre el lugar de entrada.
Artículo 7º.
1.- A los viales en situación de desarrollo urbanístico, mientras dure la acción urbanizadora, se les reducirá la valoración en dos categorías:
1ª categoría se valorará como en 3ª categoría
2ª " " 4ª "
3ª " " 5ª "
4ª y 5ª categoría se valorará como 6ª categoría
2.- A los viales públicos afectados por la ejecución de un proyecto urbanístico o de obras, de promoción pública, en los que se llegue a ocasionar perjuicios de intensidad excepcional en la actividad comercial, industrial y profesional, el Ayuntamiento Pleno podrá reducir la valoración hasta la 6ª categoría, mientras dure la ejecución del proyecto.
DILIGENCIA para hacer constar que la Clasificación de Calles en orden a su categoría se aprobó definitivamente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 22 de octubre de 2001 y su modificación se publicó en el B.O.G. nº 249 de fecha 31 de diciembre de 2001.