Comunicación previa de actividad clasificada

Descripción del trámite

La presentación de esta comunicación previa le habilita para iniciar la actividad a implantar. Desde el momento en que se registra la comunicación junto con la documentación requerida, puede empezar a desarrollar la actividad.

Para saber qué actividades están sujetas a comunicación previa, ver en el apartado documentos el “listado de actividades” que precisan de esta comunicación.

Si necesita realizar obras en el local, deberá solicitar previamente la licencia de obras y una vez finalizadas presentará en Udalinfo la comunicación previa.


Información: cómo enviar documentación complementaria
una vez realizada la solicitud, si necesita añadir documentación, hágalo a través de este trámite: Registro General: aportar documentación a un expediente.

Quién lo puede solicitar

Persona promotora de la actividad o su representante legal. Si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

La comunicación junto con la siguiente documentación (ver detalle en documentación):
  • "A"- Certificación
  • "B" - Acreditar la cualificación técnica
  • "C" - Proyecto Técnico
    • "C.1." Memoria Ambiental
    • "C.2." Planos
Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 50 Mb

Cantidad a abonar

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: En el momento
  • Plazo legal: No procede
  • Sentido del silencio: No procede
No hay plazo de tramitación ni resolución.
La comunicación previa acompañada de la documentación requerida autoriza a la persona promotora al inicio de la actividad desde el mismo día de su presentación.

Pasos del procedimiento

Si necesita realizar obras en el local, deberá solicitar previamente la correspondiente licencia de obras y una vez finalizadas presentar en Udalinfo la comunicación previa.
  1. Registro de la solicitud (comunicación) y documentación. A partir de este momento se considera que puede iniciarse la actividad.
  2. Comprobación documentación. Subsanación, en su caso (se concederá el plazo de 10 días para subsanar la deficiencia detectada)
    • En caso de no haber aportado la documentación requerida, al estar el expediente incompleto se le notificará la orden de cese y paralización de la actividad.
    • Si ha aportado toda la documentación la actividad quedará pendiente de inspección, notificándosele previamente cuándo se realizará la misma por los servicios técnicos municipales.
  3. Liquidación de tasa.

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección de Urbanismo Sostenible

Normativa

Trámites relacionados

Otra información de interés

La presentación de esta comunicación previa le habilita para iniciar la actividad a implantar bajo la exclusiva responsabilidad de las personas titulares de la actividad y del personal técnico que haya emitido la certificación, sin perjuicio de que para iniciar las actividades se deba disponer de los títulos administrativos habilitantes o de controles previos que sean preceptivos de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.

Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior y del régimen de inspección y control municipal, una vez comprobada la documentación técnica por los servicios técnicos municipales, el Ayuntamiento podrá imponer medidas complementarias para el adecuado ejercicio de la actividad.

La comprobación por parte de este Ayuntamiento de la inexactitud o falsedad en cualquier dato, manifestación o documento, de carácter esencial, o del incumplimiento de los requisitos determinados en la legislación vigente podrá conllevar, previa tramitación del oportuno expediente, la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad desde el momento en el que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

SUBVENCIONES PARA COLOCAR RÓTULOS EN EUSKERA EN LOS ESTABLECIMIENTOS
El servicio de Euskera concede subvenciones para poner en euskera la rotulación exterior e interior de cualquier establecimiento. Si quiere más información clicar aquí.

Protección de datos

Volver al índice Volver atrás