No se subvencionarán los rótulos principales y demás elementos de rotulación que contengan únicamente nombres propios (nombres y/o apellidos), topónimos y/o acrónimos
- Serán subvencinados los nombres propios, topónimos o acrónimos que vayan acompañados de la indicación del tipo de ocupación o actividad profesional del establecimiento ("Peio arrandegia", "Ezeiza arropa-denda", "Mandobide taberna").
- Podrán ser objeto de subvención los rótulos compuestos por un nombre común o sintagma nominal en euskera ("Izar", "Atotxako Sorgina", "Hiru Ahots").
- No serán objeto de subvención los rótulos o soportes temporales. El rótulo debe ser estable para ser subvencionable.
- Los términos redactados en euskera y castellano con grafía similar, se rotularán únicamente en euskera.
- Para ser subvencionables, los elementos de rotulación deberán estar correctamente redactados; es decir, no deberán contener errores gramaticales u ortográficos.
- Cuando se subvencione un rótulo realizado íntegramente en euskera, se tendrá en cuenta la totalidad del paisaje lingüístico del establecimiento. Y si tiene un rótulo o más en otra lengua distinta del euskera, se analizará la presencia del euskera y se concederá la subvención en función de ello.
Cuando se utilicen las dos lenguas oficiales o más lenguas en un rótulo, para ser objeto de subvención la presencia del euskera será, como mínimo, equivalente al castellano o a las otras lenguas.
Cuando los textos estén en columnas, el texto en euskera se pondrá a la izquierda. Cuando los textos estén en la misma línea, comenzarán en euskera. Y cuando el texto esté en dos líneas, la primera línea será en euskera y la segunda línea en la otra lengua. Asimismo, cuando los textos estén separados en dos páginas, la página de la derecha será para el euskera y la de la izquierda para el castellano u otra lengua