Licencia de obra menor exprés en vivienda

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Descripción del trámite

Este trámite se debe solicitar cuando se vaya a realizar una obra de pequeña envergadura. Se considera obra menor exprés aquella que no necesita proyecto técnico, por estimar que, en función de su naturaleza o entidad, tiene una incidencia mínima en el entorno urbanístico.

*No precisan de ningún tipo de licencia las obras que no supongan modificaciones de tabiquería, ni apertura o cierre de huecos, como por ejemplo: pintura interior, azulejado, pavimentos, renovación de instalaciones, etc.

Ver hoja informativa

Información: cómo enviar documentación complementaria
una vez realizada la solicitud, si necesita añadir documentación, hágalo a través de este trámite: Registro General: aportar documentación a un expediente.

Quién lo puede solicitar

La persona interesada o quien tenga autorización para representarla.

Puedes autorizar a otra persona para que realice este trámite en tu nombre rellenando esta autorización de representación.

Si quieres otorgar una representación más duradera puedes hacerlo en el registro de representantes.

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

  • Memoria descriptiva y justificativa de las obras a realizar
  • Planos acotados a escala 1:50 (del estado actual y del estado reformado) de la planta de la vivienda y un plano en sección de la misma, con indicación de las superficies y usos de las distintas dependencias que componen la vivienda o local.
  • Presupuesto completo y detallado de las obras, redactado por la empresa contratista de las mismas o por persona técnica competente.
  • Fotografía en color si se trata de alguno de estos casos:
* Sustitución de la carpintería o herrería de la fachada: fotografías con las ventanas cerradas y las persianas abiertas
* Reparación o renovación de la cubierta del edificio: fotografía de la cubierta

Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: En el momento
  • Plazo legal: 3 meses
  • Sentido del silencio: Positivo
En el caso de las solicitudes on-line, en función de la hora en la que se haga la misma, la licencia se puede conceder de un día para otro.

Pasos del procedimiento

  1. Registro de la solicitud y documentación
  2. Subsanación de documentación, en su caso
  3. Revisión técnica
  4. Resolución de concesión o denegación de la solicitud
  5. Notificación a la persona interesada
  6. Liquidación de tasas

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección de Urbanismo Sostenible

Normativa

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Protección de datos

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