Subvenciones para organizar festivales

Descripción del trámite

Subvenciones para la organización de festivales de música, teatro, danza, libro, audiovisuales y artes visuales en Donostia/San Sebastián

Quién lo puede solicitar

La persona interesada o quien tenga autorización para representarla.

Puedes autorizar a otra persona para que realice este trámite en tu nombre rellenando esta autorización de representación.

Si quieres otorgar una representación más duradera puedes hacerlo en el registro de representantes.

Cuándo lo pueden solicitar

6/3/2026 - 7/4/2026

Plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la publicación de cada convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

El trámite se encuentra fuera de plazo.

Documentación necesaria

  • Documento con el que acredita la representación, en su caso
  • Original del proyecto que se pretende sea subvencionado, aprobado por la persona u órgano competente de la entidad solicitante, junto con el Presupuesto de gastos e ingresos del proyecto.
  • Memoria Ambiental
  • Documentación relativa a la persona o entidad solicitante
        Las personas físicas: acreditación de identidad de la persona firmante de la solicitud: DNI, pasaporte o documento similar.
        Las entidades inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas no deberán aportar documentación adicional referente a la entidad. Si la persona firmante no coincide con la que figura en el Registro en el cargo correspondiente se aportará documentación acreditativa del nombramiento actualizado.
        Las entidades que no estén inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas, deberá adjuntar:
        - Escritura de constitución y estatutos o normativa reguladora de la Entidad, así como acreditación de su inscripción en los Registros públicos correspondientes..
        - Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
        - Acreditación de la identidad del representante legal de la persona jurídica, así como acreditación del poder de representación que ejerza.
  • Esta documentación podrá ser complementada por cuanta otra que considere de interés la persona o entidad solicitante.

Tamaño máximo anexos: 15 Mb

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: 4 meses
  • Plazo legal: 6 meses
  • Sentido del silencio: Negativo

Pasos del procedimiento

  1. Publicación de las bases en el BOG
  2. Recogida de solicitudes
  3. Revisión de la documentación y subsanación de errores
  4. Evaluación y propuesta de la resolución provisional
  5. Publicación de la resolución provisional en el tablón de anuncios y en la página web
  6. Plazo de 10 días para presentar alegaciones
  7. Examinadas las alegaciones, se formula la propuesta de resolución definitiva
  8. Envío de notificación de la concesión comunicando el ingreso de la subvención o en su caso, la denegación.
  9. Publicación en web y en tablón de Anuncios.

Responsable de la tramitación

Entidad: Entidad Pública Empresarial Donostia Kultura

Normativa

Trámites relacionados

Otra información de interés

La subvención se abonará en dos partes:
  • Un 60% en el momento de la aprobación de la concesión por el órgano competente
  • Un 40% una vez presentados y validados los documentos exigidos para la justificación de la subvención.

Donostiako Festak
Plaza de la Constitución, 1. 20003 San Sebastián
943 481 168
donostiakofestak@donostia.eus

Protección de datos

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