Comunicación apertura de piscinas. Declaración responsable

Telemático

Documentos

Descripción del trámite

Comunicacion para apertura de piscinas de uso colectivo (primera apertura o reapertura para la temporada de verano)

Las piscinas pueden estar ubicadas en diferentes instalaciones y se clasifican según el Real Decreto 742/2013:

A - Piscinas de uso público:
  • Tipo 1: Piscinas donde la actividad relacionada con el agua es el objetivo principal: piscinas públicas, parque acuáticos etc.
  • Tipo 2: Piscinas que actúan como servicio suplementario al objetivo principal: Hoteles, alojamientos turísticos, campings etc.

B - Piscinas de uso privado
  • Tipo 3A: Piscinas de comunidad de propietarios, colegios mayores etc.
  • Tipo 3B: Piscinas unifamiliares.

Tienen la obligación de realizar este trämite:
  • Piscinas Tipo 1 y 2
  • Piscinas Tipo 3A siempre que tengan 20 o mas viviendas; las que tengan menos de 20 viviendas y las del Tipo 3B están exentas de realizar este trámite

Quién lo puede solicitar

En función del tipo de instalación:
  • Instalaciones Tipo 1: Responsable legal
  • Instalaciones Tipo 2: Responsable legal
  • Instalaciones Tipo 3 A : Administrador/a o Presidente/a de la comunidad
La persona representante firma la declaración responsable o si es persona física, la persona titular.

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

Modelo de impreso rellenado, que incluye una Declaración responsable respecto al cumplimiento de los criterios técnico-sanitarios de las piscinas

Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.


Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Gratuito

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: 10 días
  • Plazo legal: No procede
  • Sentido del silencio: No procede
En el caso de que los datos aportados en la comunicación se ajusten a la legislación abajo reseñada, se entenderá la actividad autorizada y no se remitirá resolución expresa.
Si se observara falta de información o la misma no se ajusta a los requisitos mínimos , la Dirección de Medio Ambiente, antes de 10 días, se pondría en contacto con el interesado, para su subsanación.

Pasos del procedimiento

  1. Remitir la comunicación a la oficina de gestión ambiental.
  2. Si los datos aportados cumplen la reglamentación abajo indicada, no se emitirá ninguna Resolución expresa
  3. Si se observara falta de información en los datos de la comunicación o estos no se ajustaran a los mínimos exigidos, la oficina de gestión ambiental, se pondría en contacto con el interesado antes de 10 días, para su subsanación.
  4. Si pasados 10 días desde la presentación de la comunicación, no se recibiera petición de documentación complementaria, se entenderá estimada la comunicación y se podrá comenzar la actividad de piscina.
  5. La actividad estará sujeta a las inspecciones Técnico- sanitarias que estime la oficina de gestión ambiental.

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección de Salud y Medio Ambiente

Normativa

Otra información de interés

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Protección de datos

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