Reclamación de daños por responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento

Descripción del trámite

Reclamación de indemnización dirigida al Ayuntamiento por lesiones en bienes o derechos de los y las particulares, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

El daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas.

Consultar preguntas frecuentes aquí

Información: cómo enviar documentación complementaria
una vez realizada la solicitud, si necesita añadir documentación, hágalo a través de este trámite: Registro General: aportar documentación a un expediente.

Quién lo puede solicitar

Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

  • Anexo I: Lesiones y/o daños
  • Anexo II: Declaración jurada de no haber sido indemnizado/a
  • Anexo III: Declaración jurada de testigos y copia DNI, en caso de que los hubiera.
  • Informes médicos: de urgencias, rehabilitación, seguimiento, partes de alta y baja.
  • Informe pericial daños corporales
  • Informe pericial daños materiales
  • Otros informes: Ertzaintza, servicio ambulancia,...
  • Fotos: del lugar, del entorno y bien causante, del material dañado (las fotos de las lesiones corporales no hacen falta, se justifican con los informes médicos)
  • Presupuestos, facturas,...
  • Otros documentos o información que estime oportuno
    Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite.

    Tamaño máximo anexos: 50 Mb

    Plazo de resolución y sentido del silencio

    • Plazo estimado: 6 meses
    • Plazo legal: 6 meses
    • Sentido del silencio: Negativo
    De 1 a 6 meses dependiendo los tramites a realizar y de la naturaleza de la reclamación

    Pasos del procedimiento

    1. Registro de la solicitud y documentación
    2. Subsanación de documentación, en su caso
    3. Informes técnicos de los servicios municipales correspondientes.
    4. En su caso, audiencia a las empresas implicadas.
    5. Informe de la compañía aseguradora municipal
    6. Trámite de audiencia para presentar alegaciones
    7. Solicitud y emisión informe de las alegaciones presentadas
    8. Propuesta de resolución
    9. En caso de que la cuantía reclamada supere los 18.000€, se remitirá el expediente a la Comisión Jurídica Asesora (COJUA)
    10. Dictamen preceptivo, no vinculante, por parte de la Comisión Jurídica Asesora.
    11. Resolución y notificación a la/s persona/s interesada/s.

    Responsable de la tramitación

    Departamento: Dirección de Gestión Económica

    Normativa

    Otra información de interés

    Plazo para realizar la solicitud
    El derecho a reclamar prescribe al año de producirse el hecho o acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En el caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

    Protección de datos

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