Descripción del trámite
Subvención para fomentar la creación de nuevas comunidades de energías renovables, así como la inversión, por parte de las comunidades energéticas y de las comunidades de propietarios de edificios de viviendas, en instalaciones fotovoltaicas.
2 líneas de subvención:
GRUPO A
las destinadas a facilitar las acciones necesarias para la constitución de la futura comunidad de energías renovables.
GRUPO B
las destinadas a ayudar a comunidades energéticas constituidas y a comunidades de propietarios de edificios de viviendas
Quién lo puede solicitar
Asociaciones, y cooperativas sin ánimo de lucro y comunidades de propietarios que tengan domicilio social y fiscal en el municipio de San Sebastián.
Cuándo lo pueden solicitar
28/11/2025 (09:00) - 27/5/2026 (02:00)
Documentación necesaria
- Si la persona firmante no coincide con la que figura en los respectivos registros, se requerirá a la entidad la documentación acreditativa del nombramiento actualizado y se incorporará al expediente.
- Presupuesto detallado de la actuación por la que se solicita la subvención, aprobado por el órgano competente de la entidad solicitante, desglosado por partidas, separando las partidas de gasto e inversión. Se diferenciará claramente el coste elegible.
- El plan de igualdad vigente en el caso de las entidades beneficiarias obligadas a tenerlo.
- Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro que certifique la titularidad de una cuenta corriente a nombre de la persona solicitante.
GRUPO A, además:
- Proyecto o memoria técnica de la actividad. Debe incluir cronograma en el que se indiquen las fechas de inicio y fin del proyecto.
GRUPO B, además:
- Proyecto de la instalación de energía solar fotovoltaica firmado por persona técnica competente.
- Especificaciones técnicas del fabricante de los equipos.
- Estatutos aprobados por la comunidad de energías renovables o por la comunidad de propietarios.
- Documento que acredite que la comunidad de energías renovables constituida esté formada por al menos 10 personas físicas y/o jurídicas.
- Declaración responsable que certifique que el 85% de los miembros de la comunidad tengan su conexión eléctrica en el municipio de San Sebastián
- Las cooperativas de consumo sin ánimo de lucro: documento que acredite que el 85% o más de los cooperativistas son personas físicas.
- Las comunidad de propietarios: documento que acredite que la comunidad de propietarios está formada por 3 o más viviendas
- Las comunidad de propietarios: fotocopia del C.I.F. de la Comunidad de Propietarios, junto con un documento, expedido por la persona que ostente la condición de Secretario o Secretario-Administrador, en el que conste que la persona que suscribe la solicitud ostenta la condición de Presidente de la Comunidad de Propietarios en el momento de formular la petición, o en su defecto, copia del Acta de la reunión de la Junta de Propietarios en la que conste la elección como Presidente.
Tamaño máximo anexos: 50 Mb
Plazo de resolución y sentido del silencio
- Plazo estimado: 6 meses
- Plazo legal: 6 meses
- Sentido del silencio: Negativo
Pasos del procedimiento
- Publicación del extracto de las bases en el BOG
- Recogida de solicitudes
- Revisión de la documentación y subsanación de errores
- Evaluación y propuesta de la resolución provisional
- Plazo de 10 días para presentar alegaciones
- Examinadas las alegaciones, se formula la propuesta de resolución definitiva.
- Envío de notificación de la concesión comunicando el ingreso del 70% de la subvención o en su caso, la denegación.
Responsable de la tramitación
Departamento: Dirección de Salud y Medio Ambiente
Normativa
Otra información de interés
Protección de datos