Bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Telemático

Presencial

Recaudación Municipal
Ijentea, 6
Horario
09:00 - 14:00
Oficinas de Udal!nfo

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Descripción del trámite

Solicitud de bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Las bonificaciones las debe solicitar el sujeto pasivo, y surtirán efectos al año siguiente al de la solicitud.

Gozarán de una bonificación:
    • las familias numerosas
    • viviendas con instalación de aprovechamiento térmico o eléctrico...
    • Otros
Para más información consultar la ordenanza fiscal reguladora del IBI

Quién lo puede solicitar

Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Documentación necesaria

Aviso: la vivienda tiene que ser el domicilio habitual de toda la unidad familiar.

Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite

Tamaño máximo anexos: 10 Mb

Cantidad a abonar

Las bonificaciones las debe solicitar el sujeto pasivo.
Las bonificaciones surtirán efectos desde el periodo impositivo siguiente a aquél en que se hubiera efectuado la solicitud. (art.11.1 y 11.2 de la Ordenanaza fiscal)

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: 2 meses
  • Plazo legal: 6 meses
  • Sentido del silencio: Positivo

Pasos del procedimiento

  1. Registro de la solicitud y documentación
  2. Comprobación del cumplimiento de requisitos
  3. Informe técnico
  4. Resolución de concesión o denegación
  5. Notificación a la persona interesada
  6. Registro en la base de datos

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección Financiera

Normativa

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Protección de datos

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