Subvención a entidades sin ánimo de lucro: 1. Solicitud

Telemático

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Presencial

Para cualquier aclaración o duda, se podrá utilizar el Buzón de la ciudadanía o llamar al teléfono de atención ciudadana 010.
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Descripción del trámite

Convocatoria de subvención para entidades sin ánimo de lucro para proyectos a desarrollar en las siguientes áreas municipales:

Quién lo puede solicitar

Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro que tengan su sede y marco de actuación en el municipio de San Sebastián.
  • Otras entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas que tengan entre sus fines la realización de acciones vinculadas a los distintos campos de actuación contemplados en las Bases Específicas de cada área. Dichas entidades deberán tener su sede y marco de actuación en el municipio de San Sebastián o tener en el término municipal una presencia institucional que sea considerada de interés municipal.
  • Asociaciones de segundo grado, los consorcios y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas en los términos regulados en las bases específicas de Acción Social, Participación Ciudadana, Cooperación y Juventud.

Que cumplan, con carácter general, los siguientes requisitos:
Las asociaciones y fundaciones deberán hallarse inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas. Este requisito podrá ser sustituido excepcionalmente por la inscripción en el Registro del Gobierno Vasco u otros Registros públicos, para aquellas asociaciones y fundaciones que de forma puntual realicen alguna actividad en el municipio de San Sebastián y en la que la presencia institucional municipal sea considerada de interés.

Cuándo lo pueden solicitar

Durante todo el año

Cada convocatoria tiene su plazo de solicitud. Al iniciar el trámite de forma telemática, aparecen las convocatorias vigentes en ese momento.

Documentación necesaria

La solicitud sólo podrá ser tramitada Telemáticamente.
Para crear una nueva solicitud de subvención será necesario incorporar el NIF de la entidad y facilitar una dirección de correo electrónico.
Al crear una nueva solicitud de subvención recibirás un mensaje en la cuenta de correo electrónico que has indicado en el que encontrarás el localizador y la dirección electrónica para acceder directamente a la solicitud creada:
  • Por medio de la dirección electrónica: haciendo clic en el vínculo podrás acceder directamente a la solicitud que has creado.
  • Por medio del localizador: Desde la página web del Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián, al entrar a realizar el trámite de solicitud de subvención, además de poder realizar una nueva solicitud, tras escribir el Numero de Identificación Fiscal, se podrá acceder a las solicitudes ya iniciadas introduciendo el localizador.

Es muy importante cumplimentar debidamente los campos del cuestionario de solicitud y aportar la información que se solicita ya que la valoración del proyecto y, en consecuencia, el importe de la subvención que se conceda se realiza en base a la información que incluyan las asociaciones y entidades en dicho formulario y a cualquier otra que puedan aportar.

Documentación complementaria
Ficheros obligatorios si concluyen las siguientes situaciones:

SITUACIÓNDOCUMENTO
La persona firmante de la solicitud no es quien ostenta la presidencia de la entidad.Certificado de la entidad firmado por la persona que ostente la Secretaría, del acuerdo de la Junta Directiva u órgano directivo de la entidad habilitando a la persona firmante de la solicitud
La entidad no está inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas
  • Fotocopia del documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente, en su caso.
  • Fotocopia de los estatutos o normativa reguladora de la entidad.

Tamaño máximo anexos: 50 Mb

Cantidad a abonar

Gratuito

Plazo de resolución y sentido del silencio

  • Plazo estimado: 5 meses
  • Plazo legal: 6 meses
  • Sentido del silencio: Negativo

Pasos del procedimiento

  1. Recogida de solicitudes
  2. Revisión de la documentación y subsanación de errores
  3. Evaluación y resolución definitiva
  4. Publicación de la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web
  5. Posibilidad de interponer recurso (plazo 1 mes ante el Ayuntamiento, 2 meses en el Juzgado

Responsable de la tramitación

Departamento: Dirección de Presidencia

Normativa

Otra información de interés

Compromisos que se adquieren al obtener la subvención:
  • Asumir las responsabilidades que se deriven del programa.
  • Obtener todas las autorizaciones necesarias
  • Comunicar al Ayuntamiento cualquier eventualidad en el desarrollo del programa, en el momento en que se produzca.
  • Devolver la subvención si el gasto no se produce.
  • Devolver la subvención si se comprueba una modificación sustancial de los fines para los que se concedió.
  • Cumplir todos los requisitos que el Ayuntamiento indique y la normativa aplicable.

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Protección de datos

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