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Obras subvencionables



Las obras objeto de subvención serán:

a. Las relativas a elementos comunes:

  1. Accesibilidad: instalación de ascensores, rampas y plataformas en inmuebles que carezcan de dichas instalaciones.
  2. Obras requeridas por la Inspección Técnica de Edificios, siempre que las obras requeridas sean inmediatas, muy urgentes o urgentes (grado I, II y III).
  3. Cuantía:
    OBRAS
    PORCENTAJE SUBVENCIONABLE
    CUANTÍA MÁXIMA
    Accesibilidad
    20% del gasto subvencionable (IVA excluido)
    20.000€
    Requeridas por ITE
    20% del gasto subvencionable (IVA excluido)
    10.000€


Nota:
  • A los efectos de lo previsto en el art. 6.1.a.1) de la Ordenanza, se definen zonas de necesidad preferente de rehabilitación a efectos de incremento de la subvención.
  • En aplicación de lo previsto en el art. 6.1.a.1), las edificaciones comprendidas en estas zonas tendrán una subvención adicional para dicha línea, del 10 % del gasto subvencionable, excluido IVA, hasta un máximo de 10.000 €.
  • Esta cantidad adicional incrementará el 20 % del gasto subvencionable, excluido IVA, hasta un máximo de 20.000 €, previsto con carácter general para la línea de accesibilidad. En consecuencia, se subvencionará el 30% del gasto subvencionable, excluido IVA, hasta un máximo de 30.000 €
  • La definición de zonas de necesidad preferente de rehabilitación abarca al conjunto de edificaciones comprendidas en las zonas:
    • El conjunto de los barrios de: Altza, Egia, Intxaurrondo, Loiola, Martutene y Miracruz-Bidebieta.
    • Y, además, las Unidades Menores de: Morlans, Heriz – Aitzgorri, Añorga, Rekalde, Manteo, Amara Zaharra, Parte Vieja, Sagües, Iza, Igeldo, Hospitales e Hipodromo – Bugati.


b. Las relativas a elementos privativos:

  1. Eficiencia energética y aislamiento acústico: Carpinterías exteriores. La nueva ventana a instalar en su conjunto, vidrios y carpinterías, deberá de obtener un aislamiento acústico al ruido aéreo mínimo de 30 dB(A).
  2. Adecuación de la vivienda para personas con movilidad reducida o mayores de 65 años.
  3. Cuantía:
OBRAS
PORCENTAJE DEL GASTO SUBVENCIONABLE
CUANTÍA MÁXIMA
Eficiencia energética/ aislamiento acústico
20% del gasto subvencionable (IVA excluido)
2.000€
Adecuación vivienda personas movilidad reducida/mayores 65 años
20% del gasto subvencionable (IVA excluido)
6.000€

c. Las que permitan la adecuación de viviendas vacías para su posterior alquiler,

mediante el Programa Municipal de alquiler de viviendas privada vacías ALOKABIDE que gestiona la Entidad Publica Empresarial de Vivienda-Donostiako Etxegintza.
  1. Cuantía:
Viviendas ALOKABIDE
20% del gasto subvencionable (IVA excluido)
3.000€


Nota: Las obras no podrán ser iniciadas hasta que se resuelva la concesión provisional de ayudas. Su iniciación con anterioridad hará decaer la solicitud de subvención.

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