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Requisitos administrativos, técnicos y económicos.


  1. En todo caso, sean obras de comunidad o particulares:

    • El edificio deberá estar situado en el término municipal de San Sebastián.
    • La construcción deberá tener una antigüedad superior a 10 años, excepto aquellos inmuebles residenciales en los que habiten personas de movilidad reducida a quienes les haya sobrevenido esta situación con posterioridad a la ocupación de la vivienda o habiten personas mayores de 65 años.
    • El edificio deberá estar destinado en sus 2/3 partes al menos a uso residencial y disponer como mínimo de 3 viviendas.
    • Se deberá contar con licencia de obras concedida o justificante de que no es necesaria dicha licencia antes de presentar la solicitud de ayudas.
    • Las obras no se podrán iniciar hasta que se resuelva la concesión provisional de las ayudas. excepto aquellas solicitudes hechas con la anterior ordenanza, esto es anteriores al 11 de agosto de 2018.
    • El solicitante no deberá hallarse incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de San Sebastián o con la Entidad Pública Empresarial de Vivienda – Donostiako Etxegintza, salvo que las mismas se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
  2. Obras en elementos comunes:

    • Deberán haber presentado el Informe de inspección técnica de edificios (ITE) en el Ayuntamiento.
  3. Obras en elementos privativos:

    • Deberán acreditar ingresos anuales ponderados de la unidad familiar inferiores a 35.000€.
  4. Para obras de fomento de alquiler mediante el programa de ALOKABIDE:

    • Deberán acreditar no tener un patrimonio superior a dos viviendas y/o ingresos brutos anuales superiores a 50.000€.

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