Colabora con el Alcalde, de forma colegiada y bajo su presidencia, en la función de dirección política que a éste corresponde y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas que se le señalan en la legislación vigente.
Corresponde al Alcalde nombrar y separar libremente a sus miembros, cuyo número no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, además del Alcalde.
Celebra sesión ordinaria todas las semanas en el día y hora que fija el Alcalde, salvo determinadas semanas al año por motivo de festividades señaladas, descanso anual, u otras similares. Habitualmente se celebra los martes.