Clasificación de las Calles en orden a su Categoría 2021


ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA CLASIFICACIÓN DE LAS CALLES EN ORDEN A SU CATEGORÍA **

Art. 1º.- Alcance de la Ordenanza.

Esta Ordenanza se aplica en las valoraciones de los recursos de este Ayuntamiento.


Art. 2º.- Clasificación de las calles en seis categorías.

La Clasificación de las calles del Término Municipal de Donostia-San Sebastián, se establece en 6 categorías.


Art. 3º.- Baremos para puntuar.

Los baremos para puntuar estas categorías son: valor comercial, residencial, urbanístico y de accesos.


Art. 4º.- Puntuaciones mínimas y máximas.

Las puntuaciones mínimas y máximas de cada baremo se fijan del 1 al 6.


Art. 5º.- Categoría a aplicar entre varias vías.

Cuando se trate de bienes instalados entre dos o más vías públicas, o que tengan fachada a dos o más vías clasificadas en distintas categorías, se aplicará la que corresponda a la vía de categoría superior siempre que en ésta exista aun en forma de chaflán, acceso directo y de normal utilización.


Art. 6º.- Categoría a aplicar ante la no regulación de la vía.

Cuando algún vial no aparezca comprendido expresamente en la clasificación, se aplicará la categoría que corresponda a la vía más próxima, y si fueran varias, a la de superior categoría.


Art. 7º.- Categoría a aplicar ante locales interiores.

Cuando los locales se encuentren en sótanos o plantas interiores que carezcan de fachadas a la calle, se aplicará la categoría que corresponda a aquéllas donde se encuentre el lugar de entrada.


Art. 8º.- Reducción de la valoración.

1.- A los viales en situación de desarrollo urbanístico, mientras dure la acción urbanizadora, se les reducirá la valoración en dos categorías:

1ª categoría se valorará como en 3ª categoría
2ª " " 4ª "
3ª " " 5ª "
4ª y 5ª categoría se valorará como 6ª categoría

2.- A los viales públicos afectados por la ejecución de un proyecto urbanístico o de obras, de promoción pública, en los que se llegue a ocasionar perjuicios de intensidad excepcional en la actividad comercial, industrial y profesional, el Ayuntamiento Pleno podrá reducir la valoración hasta la 6ª categoría, mientras dure la ejecución del proyecto.

DILIGENCIA para hacer constar que la Clasificación de Calles en orden a su categoría y su anexo, se aprobó definitivamente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 24 de Septiembre de 2020 y su modificación se publicó en el B.O.G. nº 242 de fecha 18 de diciembre de 2020.