Terraza

Número:

2478

Dirección:

MAYOR, 002
Categoría: 8
Nombre: ANTONIO BOULEVARD Ocupación
Mesas
Superficie
Verano:
43
143
Especial:
43
143
Resto año:
43
143
Condiciones particulares: - Las mamparas se deberán desmontar y recoger diariamente al interior del establecimiento. Se colocarán sin ningún tipo de anclajes al pavimento y serán de una altura de 1,20 y 1,60 m, y una anchura máxima de 0,3 m. Serán de cristal traslúcido como mínimo en el 50% de la altura de las mismas. Al no poder superar la superficie de la terraza, serán mamparas con un máximo de 8 metros de longitud.; - Solo se autoriza el apilamiento de mesas y sillas. Nunca se podrán apilar mesas y sillas frente al establecimiento colindante.; - No se autorizan parasoles frente a otro local comercial para no obstaculizar la visión del escaparate. Solo se podrán ubicar frente al propio establecimiento.; - Solo se autorizan la ubicación de 3 parasoles de gran envergadura según proyecto presentado en expediente 2137. Los parasoles serán de material textil, lisos y de un solo color. En ningún caso podrán utilizarse colores llamativos y su clasificación de la reacción al fuego será clase M2. Su proyección en planta no sobrepasará los límites de la terraza y no podrán tener cerramientos verticales. Dejarán una altura libre como mínimo de 2,20m. Se instalarán sin cimentaciones fijas ni anclajes al pavimento y con contrapesos.; - Durante el horario de carga y descarga se podrán ubicar 10 mesas del módulo 2 y 14 mesas del módulo 3. Y de los tres parasoles fijos sólo tiene la posibilidad de abrir los dos más cercanas a la fachada.; - No se autorizan acometidas eléctricas, ni aereas ni subterraneas.; - La superficie ocupada por la terraza estará libre de registros de Hidrante o Boca de riego.
 
Plano:

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