Terraza

Número:

2436

Dirección:

FELIPE IV,AV DE, 006
Categoría: 3
Nombre: BAR UGARI Ocupación
Mesas
Superficie
Verano:
7
24
Especial:
7
24
Resto año:
7
24
Condiciones particulares: - Solo se autorizan mesas, sillas y parasoles de un solo pie, que deberán recogerse cada día al interior.; - Los parasoles de un solo pie y de pequeña envergadura (16m2 de superficie como máximo) y de fácil manejo al igual que las mesas y sillas se deberán recoger diariamente al interior del establecimiento.; - En el caso de ocupar el frente de otro local comercial, no se podrán colocar parasoles para no obstaculizar la visión del escaparate.; - Los parasoles serán de material textil, lisos y de un solo color. En ningún caso podrán utilizarse colores llamativos y su clasificación de la reacción al fuego será clase T2. Su proyección en planta no sobrepasará los límites de la terraza y no podrán tener cerramientos verticales. Dejarán una altura libre como mínimo de 2,20m. Se instalarán sin cimentaciones fijas ni anclajes al pavimento y con contrapesos que sean fácilmente transportables.; - No se autoriza ningún tipo de ocupación sobre la vía pública (taburetes, mesas altas o bajas, mobiliario auxiliar...) junto a fachada y se debe respetar al menos el ancho dibujado en plano para el tránsito del peatón junto a la misma (artículo 11.7.a).; - El titular anterior (exp. 1753) dispone de una orden de retirada de la estructura de toldo porteria. Mientras se efectué la retirada del mismo el titular actual no podrá hacer uso de dicha estructura.
 
Plano:

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