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Condiciones particulares: |
- Solo se autorizan mesas, sillas, y parasoles de un solo pie, que se recogerán cada día al interior del establecimiento.; - Los parasoles de un solo pie y de pequeña envergadura (9 m2 de superficie como máximo) y de fácil manejo se deberán recoger diariamente al interior del establecimiento.; - Los parasoles serán de material textil, lisos y de un solo color. En ningún caso podrán utilizarse colores llamativos y su clasificación de la reacción al fuego será clase T2. Su proyección en planta no sobrepasará los límites de la terraza y no podrán tener cerramientos verticales .; Dejarán una altura libre como mínimo de 2,20m. Se instalarán sin cimentaciones fijas ni anclajes al pavimento y con contrapesos que sean fácilmente transportables.; - No se autoriza ningún tipo de ocupación sobre la vía pública taburetes, mesas altas o bajas, mobiliario auxiliar...) junto a fachada y se debe respetar al menos el ancho dibujado en plano para el tránsito del peatón junto a la fachada.; - Los elementos autorizados para determinada temporada, se deben retirar de la vía pública al finalizar el periodo autorizado. |