Solicitud de bonificación en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Las bonificaciones las debe solicitar el sujeto pasivo, y surtirán efectos al año siguiente al de la solicitud.
Gozarán de una bonificación:
las familias numerosas
viviendas con instalación de aprovechamiento térmico o eléctrico...
Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.
Cuándo lo pueden solicitar
Durante todo el año
Documentación necesaria
Aviso: la vivienda tiene que ser el domicilio habitual de toda la unidad familiar.
Nota: es obligatorio el uso del formulario o del impreso específico indicado en este trámite
Las bonificaciones las debe solicitar el sujeto pasivo.
Las bonificaciones surtirán efectos desde el periodo impositivo siguiente a aquél en que se hubiera efectuado la solicitud. (art.11.1 y 11.2 de la Ordenanaza fiscal)